Ponente en el foro Lázaro Cárdenas: modelo y legado
Selectiva, la inmigración judía en México, deplora Gleizer
No recibió el mismo trato que el exilio español, dice
ARTURO GARCIA HERNANDEZ
La excepcional y reconocida política de protección y apoyo del gobierno de Lázaro Cárdenas hacia los republicanos españoles no fue la misma que se aplicó a la inmigración judía que escapaba de la persecución nazi y buscaba refugio en México. Al contrario. Los judíos recibieron del régimen cardenista un trato migratorio restrictivo que resultaba contradictorio con lo que se denominaba la ''firme tradición de México" de solidaridad con ciudadanos extranjeros víctimas de persecuciones y tiranías ''que les hacen imposible la vida dentro de sus propios países".
De acuerdo con la historiadora Daniela Gleizer Salzman -autora del libro México frente a la inmigración de refugiados judíos: 1934-1940-, durante el gobierno cardenista imperó un actitud exclusionista de los judíos, a quienes se aplicaron disposiciones migratorias oficiales fincadas en diversos criterios de selectividad. Varias de dichas disposiciones fueron emitidas antes de que Cárdenas fuera presidente, pero se mantuvieron vigentes durante su mandato. Algunas establecían una ''categoría de razas 'no deseables' por ser consideraras no asimilables a la nacionalidad mexicana".
A decir de Gleizer, el proceso que define esta política migratoria durante las primeras décadas del siglo XX ''se relaciona con el pensamiento político y social abocado a la búsqueda de una identidad nacional"; que partía de la consideración de que ''los distintos grupos que convivían en el territorio mexicano no se habían fusionado aún para formar un nuevo tipo nacional, de ahí la revalorización del mestizaje como recurso principal para lograr la tan ansiada unidad nacional".
Apátridas por despojo
La prohibición expresa a la inmigración judía, junto a la de los gitanos, fue establecida en abril de 1934 mediante la Circular Confidencial NƆ 157 y se mantuvo vigente durante los primeros años del cardenismo. Según este documento, esa inmigración resultaba indeseable ''más que ninguna otra, por sus características sicológicas y morales, por la clase de actividades a que se dedica y procedimientos que sigue en los negocios de índole comercial que invariablemente emprende (...)"
En la Ley General de Población de 1936 se introdujo un sistema de ''tablas diferenciales para inmigrantes" que determinaba anualmente el número máximo de extranjeros que podrían admitirse por país. En ellas no había restricción alguna para inmigrantes de países de América y de España; en cuanto a países como Alemania, Austria, Bélgica, Checoslovaquia, Dinamarca, Francia, Holanda, Hungría, Inglaterra, Italia, Japón Noruega, Portugal, Suecia y Suiza, se estableció que el número máximo sería de 5 mil por país.
''Sin embargo -siguiendo la investigación de Gleizer- los judíos alemanes no podían aprovechar los 5 mil permisos correspondientes a Alemania, ya que en la práctica eran apátridas, después de que la Ley de Ciudadanía del Reich, de septiembre de 1935, los había despojado de la ciudadanía alemana."
Migrantes voluntarios
Para Daniela Gleizer un aspecto que resulta esencial en este análisis es que ''durante estos años en ningún momento se aludió a los judíos como refugiados, con lo cual se pasaba por alto la cuestión central: se trataba de personas que estaban huyendo. Al conceptualizar a lo judíos como emigrantes voluntarios, la actitud frente a la inmigración de los mismos fue de total rechazo".
Gleizer participó en el segundo día de actividades del foro ''Lázaro Cárdenas: modelo y legado" que se desarrolla en el Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana (Plaza del Carmen 27, San Angel). Dentro de dicho encuentro, hoy (11 horas) se rendirá un homenaje al historiador Friedrich Katz con motivo del vigésimo aniversario de la publicación de su libro La guerra secreta en México. Intervendrán en el mismo, además del homenajeado, los historiadores Eugenia Meyer, Adolfo Gilly, Enrique Semo y Carlos Martínez Assad.