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México D.F. Viernes 27 de junio de 2003

La demandante interpuso recurso de revisión ante un tribunal colegiado

Sin base legal, la pretensión de una civil de estudiar en el Ejército: Vega García

La Constitución no obliga al Estado a brindar educación superior ni posgrados, sostiene

JESUS ARANDA

El artículo tercero constitucional consagra la garantía de que todo individuo tiene derecho a la educación, pero ésta será preescolar, primaria y secundaria, "sin que esté contemplada la educación superior, ni mucho menos el posgrado, como una obligación del Estado para con sus gobernados", aseveró el titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), general Ricardo Clemente Vega García.

Agregó que "no existe sustento constitucional ni legal" en la pretensión que tiene la civil Martha Lizeth Ramírez Pérez de estudiar la maestría en Seguridad Nacional en el Colegio de Defensa Nacional (CDN), ya que por las características de dicho curso, éste "no puede estar al alcance de todos los ciudadanos por el solo hecho de que crean o sientan derecho de recibirlo".

Al rendir su informe ante el juzgado segundo de distrito en materia administrativa, en el juicio de amparo que solicitó Ramírez Pérez contra el titular de la Sedena por no justificar ni fundamentar su negativa a permitirle estudiar dicha maestría en calidad de cursante "independiente", Vega García subrayó que "sería absurdo que todas las cosas que los ciudadanos quisieran obtener, fueran lícitas o no, las lograran con sólo presionar a las autoridades competentes o, peor aún, recurriendo a la vía de amparo, como en el presente caso".

El documento enviado por la Procuraduría General de Justicia Militar, con número de oficio AMP-II-16043-1595 y fecha 10 de junio pasado, cuestiona "el deseo" de la solicitante de estudiar en el plantel militar e insiste en que "no es posible que exija que se le admita para la realización del curso correspondiente", ya que no es sujeto de la norma (el reglamento del CDN) que combate por inconstitucional vía amparo, ni acredita tener interés jurídico, además de que no reúne los requisitos que el reglamento exige para el personal civil.

Vega García argumenta que el CDN fue concebido por el mando supremo de las fuerzas armadas con el propósito de "preparar a personal militar y civil para desempeñarse eficientemente en la comprensión, análisis y solución de problemas de seguridad y defensa nacionales, así como en funciones de decisión de alto nivel".

En respuesta a la demanda de Ramírez Pérez de que se declare la inconstitucionalidad del reglamento -que establece, entre otras cosas, que los cursantes civiles sean mayores de 35 años y que sean propuestos por una secretaría de Estado-, Vega García agrega que, dadas las características de la institución, es lógico que el Ejecutivo federal dispusiera que el personal que forme parte de esos cursos cubra un perfil determinado.

Luego de rechazar los argumentos de la quejosa, el general de división asegura que la demandante es "maliciosa en su actuar" al no informar al juez de la causa que anteriormente habían sido rechazadas sus peticiones de ingresar a la maestría referida. Esto, en el juicio que inició Ramírez Pérez por la presunta inconstitucionalidad del citado reglamento y la suspensión provisional que solicitó para que continúe su trámite de inscripción al siguiente curso, en tanto la justicia federal le da la razón o no.

El militar insiste en que el colegio no contempla la figura de cursante "independiente" en la maestría en Seguridad Nacional, porque "dicho posgrado está dirigido a las personas que el Estado requiere para la atención y estudio de las cuestiones que dan vida, permanencia y sustento al Estado mexicano, por lo que no puede participar cualquier individuo, por la naturaleza propia de la información y preparación que se exponen".

Por ello resulta necesario y fundamental la debida identificación, permanencia, compromiso institucional y experiencia en los campos del poder político, económico, social y militar, "circunstancias que no acreditó tener la peticionaria".

Por su parte, Ramírez Pérez interpuso un recurso de revisión ante un tribunal colegiado contra la decisión del juzgado segundo de distrito en materia de amparo, que consideró que la Sedena sí había "fundado y motivado" su negativa para que ella estudiara en el plantel militar. Asimismo, solicitó un amparo por la presunta inconstitucionalidad del reglamento del CDN y una suspensión provisional a efecto de que siga su curso la solicitud que presentó para ser admitida como cursante "independiente".

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