México D.F. Viernes 12 de septiembre de 2003
Dos negativas de extradición en los años 90
No todos los jueces han tenido actitudes sumisas en relación con el tratado de extradición México-España. Hay al menos dos casos en los que se negó la entrega de vascos porque se violaría la Convención de Asilo Territorial, según la cual es improcedente "cuando se trate de personas perseguidas por delitos comunes cometidos con fines políticos, y cuando se solicita obedeciendo a móviles predominantemente políticos".
En el expediente 2/96, el juzgado octavo de distrito en materia penal negó la extradición de Antonio María Celaya Ontaño el 4 de julio de 1996, al señalar que "el suscrito tiene fundados motivos para suponer que la presente solicitud de extradición, motivada por delitos comunes, ha sido con la finalidad de perseguir a un individuo a causa de sus opiniones políticas e, incluso, se llega a suponer que la situación del reclamado puede ser agravada por ese motivo".
Por su parte, el juzgado décimo de distrito en materia penal opinó en el expediente de extradición 1/90, relativo a Esteban Murillo, que "ETA históricamente enfrenta un antagonismo con el gobierno español. De ahí que al pretender involucrarlo con un atentado de esa organización, el Estado solicitante lleva a cabo una persecución política por el origen vasco de Murillo." JESUS ARANDA
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