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México D.F. Martes 2 de diciembre de 2003

En audiencia permitió al MPF interrogar a 6 vascos como si fuera un juicio penal, asegura

Bárbara Zamora acusa a juez de violar tratado de extradición con España

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Durante la diligencia del viernes anterior, en la que seis ciudadanos vascos sujetos a procedimiento de extradición a España por presuntos vínculos con la organización terrorista ETA ampliaron su declaración, el juez segundo de distrito en materia penal, Augusto Octavio Mejía, violó el tratado en la materia firmado entre México y el país ibérico, debido a que permitió al Ministerio Público Federal (MPF) tomar parte en la audiencia como si se tratara de un proceso penal y no de un juicio de extradición.

La abogada de los vascos, Bárbara Zamora, denunció lo anterior, y precisó que dicho tratado prohíbe al MPF interrogar durante cualquier audiencia a una persona reclamada por otro país, y sólo le permite estar presente en las diligencias como parte observadora.

Según la litigante, el impartidor de justicia está actuando de manera parcial en el caso de la extradición de sus clientes, y "ha dado muestras de que está favoreciendo a la Procuraduría General de la República" (PGR).

Precisó que el juez Mejía le argumentó durante la diligencia que sí estaba permitida la participación del MPF en la misma, con base en el artículo 20 constitucional. Sin embargo indicó que el tratado establece que ninguna autoridad del país donde se encuentre alguna persona solicitada en extradición puede actuar como juez, motivo por el cual Octavio Mejía no tenía por qué haber permitido al representante social que interrogara a los ciudadanos vascos.

Refirió que con el argumento que le dio el impartidor de justicia para justificar la participación del MPF "nos demostró su parcialidad en el asunto", ya que, manifestó, cuando le ofrecieron pruebas en favor de José María Urquijo Borde, Ernesto Alberdi Alejalde, Félix Salustiano García, Juan Artola Díaz, María Asunción Gorrotxategi y del mexicano de origen vasco Asier Arronategui Duralde, el juez las rechazó por "improcedentes", a pesar de que el artículo 20 constitucional establece que todo procesado tiene derecho a presentar las pruebas para su defensa.

Ante ello, "le exigimos que recibiera las pruebas porque así lo establece la Constitución, pero nos contestó que no podía tomar en cuenta la legislación mexicana porque no se trataba de un proceso penal, sino de un asunto de extradición.

"Con esa actitud nos demostró que para las cosas que favorecen a los reclamados no quiere aplicar las normas constitucionales, y para las que favorecen a la PGR, las cuales van en contra de los vascos, entonces sí las aplica", puntualizó Zamora.

Indicó también que en la diligencia el agente del MPF estuvo acompañado de otra persona que no se identificó, por lo que "nunca supimos si era abogado o policía".

Por otra parte, dijo que el juzgador se ausentó de la audiencia por momentos, a pesar de que en días anteriores le solicitó que estuviera presente en toda la diligencia.

Según la defensora, mientras el impartidor de justicia estuvo frente a los reclamados, "permaneció revisando un expediente ajeno a la extradición de los vascos.

"El juez nos demostró que no tenía interés en escuchar las declaraciones de los reclamados. Inclusive en varias ocasiones se retiró (de la rejilla de prácticas del juzgado segundo de distrito) a su oficina, con el pretexto de que tenía otros asuntos pendientes.

"Eso nos obligó a suspender parcialmente las declaraciones, y sólo las continuamos hasta que el juez regresó.

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