México D.F. Sábado 6 de diciembre de 2003
Las universidades no están sujetas a ese gravamen, determina el Congreso veracruzano
Eximen a la UV de pagar adeudo de $80 millones por impuesto de 2% a nómina
GUADALUPE LOPEZ CORRESPONSAL
Jalapa, Ver., 5 de diciembre. El Congreso local determinó hoy que la Universidad Veracruzana (UV) está exenta del pago del impuesto de 2 por ciento a la nómina en razón a que la función social que desempeña es educativa, además de que su condición de no sujeción fiscal ha sido concedida a las universidades en sus leyes orgánicas y reconocido en su momento por el Poder Judicial de la Federación.
Con esta resolución la UV ya no tendrá que pagar los 80 millones de pesos que le ha estado reclamando la Secretaría de Finanzas estatal, por concepto de pago de ese gravamen durante dos años. Dicho impuesto quedó establecido en el Código Financiero del estado expedido en 2001.
En el dictamen de la Comisión de Vigilancia, turnado al pleno del Congreso estatal, se menciona que la Ley Orgánica de la UV, publicada en la Gaceta Oficial del estado el 25 de diciembre de 1993, estableció en su artículo 16 un estado de no sujeción de impuestos ni derechos estatales sobre bienes y actos jurídicos, disposición que tuvo su fundamento en la función social de la educación. Lo mismo quedó establecido en el artículo 10 de la Constitución.
En el dictamen también se agrega que la función de la universidad es de interés público y por tanto necesita protección e intervención del estado, señala.
Analizan desaforar al edil de Acayucan
En otro orden, el Congreso estatal determinó turnar el expediente sobre el caso del edil panista de Acayucan, Joel Anacleto Alarcón, enviado por un grupo de ediles del ayuntamiento a la Comisión Instructora para que determine si procede su desafuero. En el documento exponen una serie de irregularidades.
En el dictamen emitido por la Comisión de Gobernación, que analizó el expediente, se advierten, entre otras irregularidades, que el alcalde dispuso indebidamente de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios correspondiente al ejercicio fiscal del 2003, para cubrir un subejercicio de deuda pública generado en 2002.
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