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México D.F. Martes 3 de febrero de 2004

Magdalena Gómez

Usos y costumbres: juicio cultural y racismo

De tanto repetir el reduccionismo de la cultura a los mal llamados "usos y costumbres" ya ha cobrado carta de legitimidad entre algunos analistas. Un término utilizado para denotar la exclusión jurídica y la subordinación, pasó a ser usado como sinónimo de cultura. La costumbre -indígena o no- se ha aceptado históricamente, es fuente de derecho, criterio de interpretación, pero los pueblos indígenas han demandado derechos plenos: derechos constitucionales.

Desde el racismo de la ideología hegemónica, los rasgos centrales de las diversas culturas de los también diversos pueblos indígenas se han definido como "usos y costumbres". Con esta expresión, en realidad se juzgan culturas cada vez que se conocen hechos o circunstancias acontecidos entre integrantes de pueblos indígenas, que de inmediato son atribuidos en su causalidad y resultados a los "usos y costumbres", con toda una carga de ejemplo y demostración de las "barbaridades" que esos pueblos practican, y además con el implícito de extrañeza, porque la cultura dominante es, ésa sí, "avanzada, civilizada y respetuosa de los derechos humanos".

En estos días la prensa ha difundido dos casos que evocan tales conceptos: la infame agresión a una mujer indígena por otra en Amealco, Querétaro, y la cuestionada elección municipal en Tlalnepantla, Morelos. Son casos muy distintos, pero con una raíz común.

El primero refiere hechos sucedidos entre dos personas a título individual. Dos mujeres: una agresora, la otra su víctima. No se trató de la decisión de un pueblo que por conducto de sus instancias internas conociera de un conflicto y estableciera una sanción; sin embargo, a los hechos se les ha querido dar el carácter de ejercicio de la cultura indígena.

Si recordamos, en los debates previos a los acuerdos de San Andrés se señaló con insistencia la oposición de las mujeres a ciertas "costumbres" que les han afectado en sus derechos de género, por ello se estableció un candado en dichos acuerdos, anotando que se reconocerían los sistemas normativos de los pueblos indígenas, los cuales respetarían siempre los derechos humanos y en especial los de las mujeres.

Así, pues, en el caso de Macedonia Blas no hay ejercicio alguno de autoridad indígena ni referencia a cultura propia; se trata de una agresión que debe ser sancionada conforme a la legislación penal vigente, pues la comunidad ha deslindado su intervención en los hechos. Justamente el estancamiento actual en el proceso de reconocimiento del derecho indígena ha impedido que se concreten reglas y criterios normativos para aquellos conflictos en los que la autoridad indígena decide no intervenir o la persona en lo individual tiene la denominada "opción de jurisdicción", y con base en ésta decide si presenta su queja ante la instancia indígena o estatal.

En el caso de Tlalnepantla se ha practicado la elección por los denominados "usos y costumbres" con el clima de crisis que a esta modalidad ha impreso el sistema de partidos políticos. En éste, como en muchos pueblos, mientras se practicó el sistema de elección previa en asamblea y se registró por el PRI no hubo problema, pero en el momento en que se insertó el esquema pluripartidista se trasladó a los pueblos la dinámica del conflicto.

En la reciente visita que hicimos con la misión civil de observación encontramos que los vecinos del lugar que no han salido son partidarios del presidente municipal impugnado o, bien, no tienen condiciones para opinar libremente por miedo; lo cierto es que algunos cuestionaron la elección por usos y costumbres, e incluso mencionaron que reivindicarla era parte de una estrategia del concejo autónomo, pues cuando se realizó no tuvo suficiente participación. Obviamente no podemos validar ni invalidar tales opiniones, pero son un signo más de la evidente crisis en ese municipio, que debería recuperar las condiciones para "reponer el procedimiento" y elegir de nueva cuenta a quien habrá de gobernarles.

Citamos el caso en el contexto de que nuevamente a partir de una situación particular, la de Tlalnepantla, se están descalificando los mecanismos de elección de pueblos indígenas diferentes a los considerados en la democracia representativa; la generalización, otra vez, asume la carga de juicio cultural. Esa es la raíz común en ambos casos, el racismo "políticamente correcto" que se ejerce contra estas culturas a partir de casos particulares, situación que jamás se plantea tratándose de la sociedad no indígena.

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