Usted está aquí: viernes 4 de febrero de 2005 Política Desde el CEN del PRI, el al desafuero: diputados

El "voto libre", disfraz para evitar el "costo político"

Desde el CEN del PRI, el al desafuero: diputados

La orden, al fracasar el golpeteo de Fox a López Obrador

ROBERTO GARDUÑO Y ENRIQUE MENDEZ

El priísmo en la Cámara de Diputados asumió el dictado de su dirigencia nacional para impulsar el desafuero del jefe de Gobierno del Distrito Federal (GDF), Andrés Manuel López Obrador, porque la estrategia de golpeteo permanente de la administración de Vicente Fox no genera mayor daño al gobernante de la capital del país. En San Lázaro, la señal para retirar la protección constitucional es definitiva bajo el disfraz de "voto libre" de los legisladores del Revolucionario Institucional, declararon miembros de esa bancada consultados por La Jornada.

Hasta hace días, la dirigencia de ese partido, encabezada por Roberto Madrazo, y su círculo cercano integrado por Manlio Fabio Beltrones, César Augusto Santiago, Carlos Flores Rico, Carlos Jiménez Macías, Alberto Aguilar Iñárritu, Angel Buendía y José Murat, habían mantenido la señal de no apostarle al desafuero de López Obrador para evitar cargar con el "costo político".

Pero en la administración del tiempo político que los priístas han aplicado al tema del desafuero, la señal cambió en los días recientes y se apresuró la decisión de cerrar el periodo de desahogo de pruebas en la sección instructora para aprobar el dictamen a fines de marzo.

Esa decisión obedeció al escaso daño que la administración foxista ha conseguido con la campaña mediática para reducir el poder de convocatoria del jefe del GDF. No obstante, la línea dictada por Madrazo genera preocupación entre sus allegados, porque con la eliminación política de López Obrador se definiría una contienda electoral bipartidista en 2006 entre el PRI y el PAN, y gran parte de los votos que recibiría el PRD se irían al candidato del blanquiazul.

Una segunda posibilidad, la más remota hasta ayer, según los diputados priístas consultados, sería rechazar el desafuero y entrar de lleno a la contienda electoral con López Obrador, apostándole a la estructura del PRI. Además, un tema que es fundamental se refiere al financiamiento de la campaña del año próximo, para la cual -según cálculos en las filas del Revolucionario Institucional- se necesitarán al menos 5 mil millones de pesos adicionales a los que recibirá el partido por prerrogativas del IFE.

Ante el escenario que apunta al voto del sector duro de los diputados priístas por el desafuero -sólo se necesita que 84 voten en favor para que, junto con el PAN y el PVEM, aprueben el dictamen-, el PRD presentó ayer en el pleno de la Cámara una iniciativa de reforma al artículo 38 de la Constitución, para que los funcionarios públicos enfrenten procesos penales sin que por ello pierden sus derechos políticos.

El presidente de la sección instructora, Horacio Duarte Olivares, presentó la iniciativa en la tribuna con objeto de proponer al pleno, en primera lectura, la modificación a la Carta Magna. Refirió que el concepto de derecho conlleva la posibilidad de reclamar su ejercicio frente al Estado, instancia obligada a respetarlo y garantizarlo como un deber ante los ciudadanos en general.

En ese sentido, el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que todos los ciudadanos deben tener el derecho de participar en la dirección de los asuntos públicos, de forma directa o por medio de representantes libremente elegidos, de votar y ser elegidos en comicios periódicos y auténticos, realizados por sufragio universal y secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y de tener acceso en condiciones generales de igualdad para funciones públicas de su país.

De tal forma, la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos establece las causas de suspensión de derechos o prerrogativas de los ciudadanos, e indica que la sujeción a un proceso penal por delitos que merezcan pena corporal es causa de suspensión de los derechos políticos.

La interpretación de lo anterior refiere que la suspensión tiene efectos únicamente durante el proceso penal, y hasta que se pronuncie una sentencia en el proceso respectivo, lo cual implica que el imputado está sujeto a una condena social sin haberla recibido jurídicamente.

Por tanto, la persona, pese a mantener el estatus jurídico de inocente, sufrirá la suspensión de derechos políticos, lo que implica la aplicación indebida del derecho fundamental de presunción de inocencia y, en consecuencia, se presenta la violación del derecho humano, es decir, como derecho político de acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas.

 
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