Realizó dos depósitos de $30 millones anuales para no caer en desacato, señala
Niega la SRA acuerdo para pagar a herederos del predio de Ramos Millán
Se abre la posibilidad de que la Corte reconsidere el monto de la indemnización
La Secretaría de la Reforma Agraria (SRA) rechazó las afirmaciones de los defensores de la familia Ramos Millán de que hay un acuerdo con la dependencia para pagar los mil 214 millones de pesos como indemnización por el predio de Santa Ursula Coapa.
La SRA argumentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que se vio obligada a realizar dos pagos anuales de 30 millones pesos para evitar caer en desacato, pero que eso no significa que esté conforme con el importe que en su momento avaló un juzgado de distrito.
El pasado 27 de enero, cuando la SCJN iba a resolver la inejecución de sentencia que presentaron los herederos de los Ramos Millán -quienes se oponían a que la indemnización por la expropiación del predio de Santa Ursula Coapa fuera en anualidades y no en una sola exhibición-, el presidente de la Corte, Mariano Azuela, presentó un escrito en el que los demandantes dieron a conocer su conformidad con la referida forma de pago, lo que dejaría "sin materia el juicio".
El mismo día, la SRA presentó un oficio en el que no impugnaba el monto, sino que ponía énfasis en que estaba en vía de cumplimiento la orden judicial de indemnizar a los propietarios del terreno.
Sin embargo, como el pleno no resolvió el asunto, se abrió la posibilidad de que las partes ratificaran el contenido de los escritos y aportaran pruebas en su favor.
La opinión mayoritaria de los ministros fue que se tenía que aplicar el criterio -aprobado días atrás- de que debía prevalecer la "cosa juzgada" en procesos que tuvieran que ver con la propiedad y que, en todo caso, los que se ostentaron como dueños del citado predio tenían como último recurso acudir ante la justicia civil para tratar de acreditar el derecho a la indemnización.
Es decir, había una tendencia en el sentido de que se debía acatar la sentencia y ordenar el cumplimiento del pago de los mil 214 millones de pesos.
Sin embargo, el ministro instructor de la causa, Juan Díaz Romero, aseveró que era "inaceptable" que la SCJN avalara esa indemnización, porque dicha cantidad no era "adecuada ni correcta", y convocó a sus compañeros a aceptar la modificación del avalúo hecho por él, que, de acuerdo con el valor catastral vigente al momento de la expropiación (1984), y ya actualizado, sumaba 199 millones 760 mil pesos.
Además, el ministro le propuso al pleno que esa cantidad se pagara en las mismas anualidades de 30 millones pesos.
En aquella sesión se dijo que la SRA no había interpuesto ante la Corte ningún documento en el que objetara el monto a pagar pero, comentaron fuentes consultadas, con el oficio que entregó la dependencia el pasado miércoles en el que pide a los ministros reconsiderar la suma y justifica el pago de las dos anualidades con el argumento de que lo hizo para cumplir con la ejecutoria, se habría fortalecido la opinión de Díaz Romero para que el pleno reconsidere el monto a pagar en casi 90 por ciento.