Eso que llamaban justicia social
El lunes pasado, tal vez el martes, se presentó una iniciativa de reforma constitucional, en rigor una adición, que intenta dejar sin efecto una jurisprudencia fundamental de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se trata de la 1/96 que, con toda la razón del mundo y fundándose en lo dispuesto en el primer párrafo del apartado B del artículo 123 constitucional, declaró la inconstitucionalidad del artículo primero de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE) en cuanto dispone que lo son los de las empresas descentralizadas.
El artículo primero hace una relación amplia de algunas empresas descentralizadas, incluyendo varias que ya no existen, y en su parte final agrega que las disposiciones de la ley se deben aplicar a los trabajadores de "otros organismos descentralizados, similares a los anteriores, que tengan a su cargo función de servicios públicos".
La Corte estimó que las empresas descentralizadas no pueden quedar comprendidas en el proemio del apartado B, que dispone las relaciones "entre los poderes de la Unión, el gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores (...)", y así formó esa jurisprudencia que hoy se pretende dejar sin valor alguno.
La iniciativa, responsabilidad del senador por Morelos, David Jiménez, priísta, por supuesto, dice textualmente que "el Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán (...) B. Entre los poderes de la Unión, el gobierno del Distrito Federal, las instituciones y organismos públicos descentralizados y sus trabajadores (...)"
Parece que la intención ha sido crear un contrapeso a una iniciativa de la senadora por Durango, Ana Bricia Muro González, también del Partido Revolucionario Institucional (PRI), para reformar el artículo octavo de la LFTSE, quitando a los trabajadores de confianza de la lista infame de los que quedan excluidos de la ley. Sobre ese tema existe lamentablemente amplia jurisprudencia que, interpretando de mala manera las fracciones IX y XIV del apartado B, permite el libre despido de esos asalariados. La iniciativa de la senadora Muro González intenta cancelar la discriminación infame en perjuicio de los trabajadores de confianza al servicio del Estado.
Por supuesto que la propuesta del senador Jiménez es muy peligrosa. De aprobarse, lo que espero no ocurra, porque el sector obrero del PRI no estará de acuerdo, serviría de base a la pretensión de cancelar los contratos colectivos de trabajo de varias empresas descentralizadas de mayor importancia: el Instituto Mexicano del Seguro Social, Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de Electricidad y muchas más, y condenar a sus sindicatos a vivir bajo el régimen de las condiciones generales de trabajo que pueden dictar los titulares "tomando en cuenta la opinión del sindicato correspondiente" (artículo 87 de la LFTSE). Y que, por otra parte, constituyen sólo un reglamento interior de trabajo, que cuando contiene prestaciones económicas debe ser aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Si la reforma Abascal es peligrosa, inclusive en los términos en que ha sufrido modificaciones, el alcance de la adición constitucional de David Jiménez es de mayor trascendencia aún.
Es evidente que, en caso de ser aprobada, los primeros en sufrir las consecuencias serían los sindicatos de las empresas descentralizadas mencionadas. Dudo mucho que la Confederación de Trabajadores de México, gobernada por Rodríguez Alcaine, secretario general del Sindicato Unico de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana, acepte sin más esa majadería. Y lo mismo digo, con pleno conocimiento de causa, del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, cuyo dirigente, el doctor Roberto Vega, es miembro de PRI. Y se podrían mencionar varios más.
Estamos perdiendo, si no es que ya lo perdimos del todo, el espíritu social que impulsado por los jacobinos hizo posible la creación del artículo 123 constitucional. De manera particular, los derechos relativos a la libertad sindical, los convenios colectivos y el derecho de huelga; dominados por el corporativismo fascista que padecemos, en la reforma Abascal se convierten en derechos de imposible ejecución. Pero ahora, con esta iniciativa del senador Jiménez, la situación sería mucho peor. Simplemente desaparecerían los contratos colectivos de trabajo de las empresas descentralizadas.
Sol y sombra del PRI. El sol, en este caso, tiene un bello nombre femenino.