No se pueden representar intereses de futuros trabajadores del Seguro Social, aduce
Gana el Congreso primer round al sindicato del IMSS; juez sobreseyó juicio de amparo
Advierte el gremio que recurrirá al recurso de revisión; tiene 10 días de plazo
El Congreso de la Unión ganó ayer el primer round jurídico al Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), luego de que un juez federal desechó, por improcedente para su estudio, el juicio de amparo con el que los quejosos pretendían demostrar que son inconstitucionales las recientes reformas a la Ley del IMSS que modificaron aspectos del Régimen de Jubilaciones y Pensiones del organismo.
Fuentes judiciales revelaron que el juez segundo de distrito en materia laboral del Distrito Federal, José Morales Contreras, sobreseyó el litigio tras considerar que el SNTSS carece de "interés jurídico" para recurrir al juicio de garantías.
De hecho, el juez no analizó los agravios a que aludió la parte demandante. Es decir, el titular del órgano jurisdiccional no se pronunció sobre la supuesta inconstitucionalidad de las reformas, lo que en el argot jurídico se conoce como no entrar al estudio de fondo del juicio.
A partir de este miércoles los quejosos tendrán 10 días hábiles para presentar un recurso de revisión ante el mismo juzgado, a fin de solicitar a un tribunal colegiado o inclusive directamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que resuelva el litigio en definitiva.
El juez Morales Contreras asumió recientemente la titularidad del juzgado segundo de distrito, luego de que la anterior juez, Edna Lorena Hernández -quien el 24 de septiembre pasado negó la suspensión definitiva solicitada por el sindicato-, fue enviada por el Consejo de la Judicatura Federal a Ciudad Juárez, Chihuahua, para que encabece otro juzgado de distrito.
La Jornada estuvo presente ayer durante la notificación de la resolución que hizo el juzgado segundo a las partes involucradas en el juicio. De la parte demandante recibió la noticia el abogado Manuel Fuentes Muñiz, representante legal del SNTSS. Del Congreso de la Unión fue notificado Abner Fuentes Treviño, jefe del departamento de seguimiento de juicios del Senado de la República. También acudieron líderes del sindicato y del departamento jurídico del IMSS.
En cuanto los quejosos se enteraron que la resolución había sido dictada en el sentido de desechar el juicio de amparo mediante el sobreseimiento, abandonaron de inmediato las instalaciones del Palacio de Justicia Federal de San Lázaro -donde se ubica el juzgado segundo- aunque algunos de ellos manifestaron en voz alta que el litigio concluiría en la SCJN, por lo que se prevé que en los próximos días interpongan el recurso de revisión correspondiente.
A su vez, el representante jurídico del Senado dijo a este diario que la resolución no significa un triunfo o una derrota para ninguna de las partes en conflicto, ya que un sobreseimiento sólo refiere a que "no hay materia jurídica para estudiar y resolver un litigio".
Sin embargo, reconoció que si los quejosos no interponen el recurso de revisión "la resolución causará ejecutoria y el juicio habrá concluido en definitiva", por lo que las reformas que hizo el Congreso de la Unión a la Ley del IMSS quedarían intactas.
En tanto, fuentes judiciales consultadas precisaron que la determinación del juez Morales Contreras deja un precedente fundamental para la segunda instancia, ya que se hizo referencia en la sentencia de ayer al hecho de que "los impetrantes de garantías (el SNTSS) carecen de interés jurídico para demandar un amparo, pues no pueden representar los intereses de trabajadores futuros del IMSS".
El pasado 28 de octubre, el décimo tribunal colegiado en materia del trabajo negó en definitiva la solicitud del SNTSS para suspender la aplicación de las recientes reformas a la Ley del IMSS, con lo que dichos ordenamientos estarán vigentes durante el tiempo que dure el litigio emprendido por el gremio, ahora en caso de que continúe en segunda instancia.
Dicho tribunal confirmó el criterio de la juez Lorena Hernández, en el sentido de que el Poder Judicial Federal no puede suspender la entrada en vigor de una ley cuando un particular reclama su posible inconstitucionalidad.
Por lo pronto, el IMSS seguirá obligado a acatar las disposiciones del Congreso de la Unión que modificaron algunos aspectos del Régimen de Jubilaciones y Pensiones del organismo.
La reforma entró en vigor el 12 de agosto pasado, y consiste básicamente en que el IMSS no podrá seguir utilizando las cuotas que le cobra a trabajadores y patrones afiliados para financiar el régimen de jubilaciones.
Todos los trabajadores del IMSS tienen derecho a jubilarse luego de 28 años de servicio -sin importar su edad- hasta con 130 por ciento de su último salario y con los mismos aumentos que el personal en activo.
A partir de la reforma, eventualmente el instituto y su sindicato tendrán que acordar cambios al Contrato Colectivo para modificar las prestaciones, pues no habrá recursos suficientes para seguirlas financiando.
No obstante, el Congreso de la Unión incluyó un artículo transitorio, en el que aclaró que los cambios únicamente se aplicarán a quienes ingresaron a laborar en el IMSS a partir del 12 de agosto, y no serán afectadas las prestaciones de los más de 315 mil empleados y 124 mil jubilados que ingresaron anteriormente.