Controversia
Debate la Corte ley de bebidas alcohólicas
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció ayer que los municipios no tienen facultades para emitir disposiciones acerca de la expedición y el consumo de alcohol, por ser atribución exclusiva de los estados.
Sin embargo, los ministros señalaron que ante la posibilidad de que los congresos y ejecutivos estatales invadan la esfera de influencia municipal, con el pretexto de regular lo relativo al alcohol, el máximo tribunal está abierto a analizar las quejas de los ayuntamientos.
Al iniciar la discusión sobre la controversia constitucional 8/2002, promovida por el municipio de Aguascalientes en contra del Congreso y Ejecutivo estatales, los ministros dieron entrada a la inconformidad del ayuntamiento, en la que cuestiona la constitucionalidad de más de una docena de artículos de la Ley que Regula la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, tales como la expedición de permisos para la venta de bebidas alcohólicas y la creación e integración de un consejo municipal, así como sus atribuciones.
El municipio quejoso argumenta que los artículos impugnados ''vulneran la facultad reglamentaria municipal, en virtud de que la regulación de particularidades relativas al establecimiento de sanciones, medidas de seguridad, su aplicación y procedimiento para cancelación de licencias o permisos, corresponde a la facultad reglamentaria municipal''.
En el transcurso de la discusión, que tuvo lugar en la sesión pública, el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano puso en la mesa de discusión lo siguiente: ''la materia de licencias municipales para giros mercantiles gastronómicos donde se expenden bebidas espirituosas, ¿es propio de los municipios o no? Toda la palabra alcohol consumible por el ser humano, ¿es propio del alcoholismo como vicio y enfermedad?".
Esos cuestionamientos serán discutidos por el pleno el próximo martes.