El desafuero de la política y la moral
I. Desde hace ya meses una palabra, "desafuero", martillea nuestros oídos. Y, por asociación con ella, la que designa lo que se priva, el fuero, el desaforar. Pues bien, tanto se han usado o malusado estos dos términos que, con frecuencia, de buena o de mala fe se ha perdido o tergiversado su verdadero significado. Por ello, no estará de más recordarlo.
El fuero y el desafuero se aplican a ciudadanos elegidos por la voluntad popular para cumplir determinadas funciones ejecutivas o legislativas. El fuero le garantiza al representante popular la libertad y autonomía necesarias para el desempeño de su función. Pero esta libertad y autonomía tiene un límite: el que les impone el desafuero cuando se presume, fundadamente, que el representante ha cometido un delito. Con el desafuero se le pone en condiciones, como a cualquier ciudadano, de ser juzgado. El desafuero tiene, por tanto, un fin propio, preciso: el de despejar el camino de la justicia que el fuero impediría, convirtiéndose en sinónimo de impunidad. Presupone, pues, la comisión de un delito y la fijación en un código del castigo correspondiente.
Tal es el desafuero en su estado "puro", con su sustancia jurídica propia claramente establecida por su fin: garantizar el ejercicio de la justicia. Y tal es, ciertamente, el desafuero sin las "impurezas" que pueden darse en su aplicación. "Impurezas" que lo pervierten o desnaturalizan y que pueden manifestarse: a) cuando el desafuero se pone al servicio de un fin ajeno al propio, estrictamente jurídico; b) cuando se ejerce selectivamente; c) cuando resulta incongruente o arbitrario tomando en cuenta fallos anteriores en casos análogos; d) cuando el delito que se presume no se prueba o está fundado insuficientemente, y e) cuando no está definida la penalidad del delito que se imputa.
En todos estos casos, las "impurezas" en la aplicación del desafuero lo pervierten o desnaturalizan. Pues bien, teniendo presentes estas consideraciones, veamos la aplicación del fuero en el caso concreto de Andrés Manuel López Obrador.
II
Aunque en principio ningún representante popular tiene -valga la expresión- fuero contra el desafuero, no se puede dejar de considerar, en el caso que nos ocupa, el ciudadano al que apunta y las circunstancias en que se promueve. Ciertamente, se trata del ciudadano que es jefe del Gobierno del Distrito Federal, que no sólo marcha holgadamente a la cabeza de las preferencias electorales en la carrera presidencial, sino que además representa una opción alternativa a la de los dos partidos -Acción Nacional y PRI- que, en una perspectiva bipartidista, pretenden ocupar el poder.
Es difícil, y un tanto ingenuo, no compartir la sospecha, generalizada, de que el desafuero de López Obrador no persigue otro objetivo que el de su inhabilitación política para dejarlo fuera de la contienda electoral y, de este modo, eliminar la amenaza que representa para el bipartidismo. Toda una serie de hechos que involucran a la Presidencia de la República, a la PGR, a dirigentes y representantes de Acción Nacional y del PRI vienen a hacer de la sospecha, tan extendida entre los ciudadanos, una escandalosa realidad: que se trata de una maniobra política para alcanzar el fin ya señalado, es decir, excluir al presidenciable más incómodo y favorecido electoralmente.
Aunque se fuera tan ingenuo como para dejarse llevar por la falacia de los promotores y valedores del desafuero, de que se trata de un asunto estrictamente jurídico, eminentes juristas como Ignacio Burgoa Orihuela, José Luis Soberanes y Diego Valadés, en los que podemos confiar por su autoridad moral y profesional, se han encargado de cuestionar que tenga el sustento jurídico indispensable. Y así lo acreditan las "impurezas" que se ponen de manifiesto al impulsarlo y que antes hemos señalado como posibles: 1) al estar al servicio de un fin ajeno, el político; 2) al ser selectivo entre miles de casos pendientes; 3) al ser arbitrario tomando en cuenta antecedentes de casos análogos, y 4) por no estar definida la penalidad correspondiente. Pero, sobre todo, lo que pervierte y desnaturaliza el desafuero de López Obrador como hecho jurídico es hacer de él un medio o instrumento al servicio de un fin político tan aberrante como es excluir a un presidenciable del proceso electoral.
III
Se trata, pues, de una maniobra política que de consumarse tendría graves consecuencias políticas y sociales, que sólo la irresponsabilidad de sus promotores, obsesionados por el poder, pueden pasar por alto.
La eliminación de un presidenciable por la vía judicial dañaría a tal grado el proceso electoral de 2006 -cualquiera que fuera su resultado- que frenaría drásticamente todos los avances logrados en años recientes para garantizar el respeto a la voluntad popular, retrotrayéndonos a los tiempos, felices para el PRI, en los que la elección presidencial y la de los legisladores se cocinaba y decidía antes de llegar a las urnas. De este modo, todo lo alcanzado de manera penosa para respetar el voto de los ciudadanos, generando la confianza correspondiente, se vendrá abajo abruptamente y nos situará de nuevo en el pasado, no tan lejano, en el que el PRI usurpaba con "apego a la ley", a su ley, la voluntad de los ciudadanos.
El desafuero en este caso, con el que la obsesión por el poder no repara en medios -por aberrantes que sean- para alcanzarlo, entraña asimismo el desafuero de la política, entendida en su justo sentido, el originario, el que le dieron los antiguos griegos, como participación colectiva de los ciudadanos en la decisión -directa o mediada por sus representantes- para resolver los grandes problemas de la comunidad. Y este desafuero de la política se pone de manifiesto al privarla -o de desaforarla- de su propia sustancia, la participación cívica, hasta el punto de poner el destino de la carrera presidencial no en manos de los ciudadanos, sino de jueces. El desafuero, en este caso, al servicio de una política obsesionada por el acceso al poder, entraña una "judicialización" -palabra tan horrible como su contenido- de la política. Y, con ello, quedaría desaforada, privada de sus sustancia propia, pues, ciertamente, se trataría de una política que recurre a la vía judicial para servir sus fines. Se trata, a su vez, de una política que por su "realismo" y pragmatismo, al apelar a cualquier medio, por aberrante que sea, prescinde de los principios y valores que exige, para servir a la comunidad, la participación de los ciudadanos. Se trata, pues, de una política sin moral. Y, por ello, porque la priva de los principios y valores, sobre todo los morales que la impregnan, el desafuero, en este caso, lo es también de la moral, indisolublemente vinculada con esa política.
IV
Por todo lo anterior, porque el desafuero con el que se viene acosando a López Obrador es una maniobra política que se sirve inmoralmente de un medio judicial, y porque con ello estamos ante un desafuero de la política que el país necesita y, a la vez, ante un desafuero de la moral que la vivifica, estamos contra esa acción que promueven de forma abierta el PAN y, de manera sinuosa, el PRI. Y compartiendo el anhelo de millones de ciudadanos, exhortamos a la sección instructora de la Cámara de Diputados a reflexionar sobre los fines, medios y consecuencias del desafuero de López Obrador que se propone y a descartarlo categórica y definitivamente.
* Profesor emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México.