Modificaciones a artículos 41 y 62, sobre fuero
Buscará el PRD revertir reforma al Estatuto de Gobierno del DF
Con base en un análisis jurídico, el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) solicitará hoy a la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) reponer el procedimiento por el que se dictaminó la iniciativa de reformas los artículos 41 y 62 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, mediante las cuales los diputados locales y jefe de Gobierno pierden el fuero automáticamente al solicitar licencia.
Trascendió que una vez que la propuesta sea aprobada por la Comisión de Gobierno, ésta se pondrá a consideración del pleno de la ALDF para su discusión y, en su caso, aprobación, toda vez que el dictamen referente al fuero fue avalado con 46 votos de los diputados de PRI, PAN, PVEM y PRD.
Al ser mayoría el PRD se aprobaría la reposición del procedimiento y la elaboración de un nuevo dictamen, en el que se dejaría de lado lo relacionado con terminación del fuero.
Se espera que el nuevo dictamen se apruebe esta misma semana, y es el que se enviaría a la Cámara de Diputados.
Por eso ayer el presidente de la Comisión de Gobierno, el perredista Carlos Reyes Gámiz, convocó a los diputados integrantes de ésta a una sesión extraordinaria a las 8 horas.
Por su parte, el presidente de la mesa directiva de la ALDF, el pevemista Arturo Escobar, ha estado presionando para que el dictamen aprobado al jueves se envíe a la Cámara de Diputados de inmediato.
El jueves pasado, en sesión ordinaria, los diputados del PRD aprobaron la iniciativa de adiciones a los artículos 41 y 62 del Estatuto de Gobierno del DF, mediante las cuales se establece que en el momento en que los legisladores locales o jefe de Gobierno capitalino soliciten licencia a su cargo, automáticamente pierden el fuero constitucional.
En la iniciativa presentada por el presidente de la Comisión de Estudios y Prácticas Legislativas, el panista Obdulio Avila Mayo, se establece que el fuero constitucional "busca proteger a las instituciones democráticas y la función pública que se desempeña, no a la persona que ejerce el cargo".
En este sentido considera fundamental delimitar la protección del fuero constitucional, "a efecto de que una vez que el servidor público quede separado de su encargo, no goce de la protección de la inmunidad procesal penal, denominada fuero constitucional".
Por ello ambos artículos se adicionó un segundo párrafo en el que se establecía que "a efecto de que cuando el jefe de Gobierno y los diputados a la Asamblea Legislativa sean separados de su encargo o soliciten licencia, no sigan gozando de la inmunidad procesal penal o del denominado fuero constitucional, en virtud de que este protege a la función publica que se desempeña y no a la persona".
Un día después los perredistas recularon y hablaron de interponer un recurso de desistimiento; sin embargo, al hacer las consultas con especialistas se estableció que esto no era posible, y que la opción era elaborar un nuevo dictamen en el que se diera a lo aprobado.