No fue contundente al ordenar cancelar la obra en El Encino
Una inferencia llevó a PRI y AN a culpar a López Obrador
Rechazaron todas las pruebas y alegatos del mandatario
El PRI y el PAN en la sección instructora rechazaron, al redactar el dictamen sobre el desafuero del jefe de Gobierno, todas las pruebas y alegatos de Andrés Manuel López Obrador, y en cambio dieron por buenas todas las acusaciones del Ministerio Público Federal. Inclusive señalaron que si bien el gobernante emitió cuatro oficios a Servicios Metropolitanos (Servimet) para informar de la suspensión definitiva concedida a la Promotora Internacional Santa Fe y solicitar la cancelación de las obras de apertura de una calle en El Encino, ''no lo hizo de manera expresa, contundente y categórica''.
Por esto último, los diputados Rebeca Godínez y Francisco Frías, del PRI, y el panista Alvaro Elías Loredo, infirieron que se ''acredita la existencia del delito'' de abuso de autoridad, y por tanto ''ha lugar a proceder en su contra'' para que sea ''separado del encargo de jefe de Gobierno en tanto esté sujeto a proceso penal y en consecuencia a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley''.
Además, explicó el presidente de la instructora, Horacio Duarte, en las conclusiones del dictamen ''hay una evidente contradicción, ya que en el primero acordaron que 'ha lugar a proceder penalmente... porque ha quedado acreditada la existencia del delito y su probable responsabilidad', y en el tercero dice que 'las determinaciones contenidas en la presente declaración, de ninguna manera prejuzgan respecto de la existencia del delito y la probable responsabilidad penal', y eso es preocupante''.
También, en el dictamen de 423 fojas, los diputados de esos partidos señalan que el jefe de Gobierno incurrió de manera reiterada en el desacato y, aun cuando en sus consideraciones señalan que como órgano legislativo debían evaluar que en este caso no se buscara la eliminación de un oponente político al gobierno federal, esta definición no fue valorada dentro del expediente.
Faltas de ortografía y redacción
A lo largo del documento, que fue publicado ayer en la Gaceta Parlamentaria con todo y faltas de ortografía y redacción -al grado de que al hablar de los cortes en el terreno para abrir la calle la palabra que aparece es ''Cortés''-, los diputados Godínez, Frías y Elías Loredo atribuyen al jefe de Gobierno una ''conducta reacia'' a cumplir con el mandato judicial, y afirman que cuando giró los oficios a Servimet para acatar la suspensión definitiva y detener las obras en El Encino, ''lo único que se pretendía era dar la apariencia de que se cumplía con la medida cautelar, ya que no se trató de una orden categórica girada directamente por el servidor público imputado''.
En su valoración sostienen que ''la conducta típica que se imputa a López Obrador no consiste en haber dado órdenes (sic) para que se violara la medida suspensional (sic), sino en omitir dar las instrucciones expresas, en su carácter de jefe de Gobierno y presidente del consejo de administración de Servimet, para que se paralizaran los trabajos en las zonas expropiadas que servían de acceso al predio El Encino, y se abstuviera de bloquear o cancelar los accesos''.
Para los diputados, del hecho de que López Obrador es ''la autoridad obligada a acatar lo dispuesto por la autoridad judicial y ocupa además el cargo de presidente del consejo de administración de Servimet... se colige (infiere) un reconocimiento del jefe de Gobierno, el cual debe ser considerado como una confesión calificada divisible, y producir efectos en lo que lo perjudica.
''Por tanto, a pesar de que no existe la aceptación del servidor público imputado en el hecho que se le atribuye, existen pruebas que adminiculadas entre sí conforman la prueba circunstancial... consistente en la conducta reacia a dar cumplimiento a la suspensión definitiva.''
Los tres diputados no sólo desecharon la inspección ocular en El Encino, practicada el 17 de enero de 2005 sólo por Frías y Duarte, debido a que Elías Loredo se negó a entrar al predio y a que Rebeca Godínez sufrió una lesión en una pierna, sino también todos los peritajes que en materia topográfica, geológica y botánica ofreció el jefe de Gobierno, pues consideraron que las conclusiones de los peritos fueron ''imprecisas y evidenciaron parcialidad hacia el servidor público imputado''.
Y aunque en la segunda parte del dictamen señalan que al entrar al análisis de la solicitud de jurado de procedencia, la instructora debía ''apreciar si en la pretensión punitiva no existen ataques políticos encubiertos o disfrazados con el ropaje del ejercicio de la acción penal, o fines extraños o ajenos a aquellos que estrictamente corresponden a la función investigadora y persecutora de los delitos'', esta declaración sólo se presenta como referencia en las páginas 161, 162, 311 y 312 del dictamen.
En las primeras dos se plantea que para proceder a retirar el fuero a un funcionario público acusado de cometer delitos, ''persiste una dualidad: la protección constitucional se erige como un impedimento para el despliegue de la actuación jurisdiccional a efecto de antes revisar si existe o no una persecución política que se valga de las facultades penales para acabar con un contrario político y, por la otra, como potestad reservada a la Cámara de Diputados y de la cual goza y se beneficia indirectamente el servidor público''.
Más adelante, los diputados del PRI y el PAN desestimaron los argumentos de López Obrador en el sentido de que el juicio de procedencia tiene su origen en una estrategia política para inhabilitarlo.
''En este sentido, el imputado puede tener la seguridad de que esta sección instructora respetó en todo caso sus garantías constitucionales procesales, por lo que la presente determinación de ninguna manera deberá considerarse como parte de una maniobra para descalificar a un adversario, cualquiera fuera el sentido'' de la resolución.