Usted está aquí: martes 5 de abril de 2005 Sociedad y Justicia Invalida la SCJN decreto de autonomía a universidad privada en San Luis Potosí

Sólo las públicas pueden acceder a esa categoría, determinan 8 de 10 ministros

Invalida la SCJN decreto de autonomía a universidad privada en San Luis Potosí

JESUS ARANDA

Ampliar la imagen Aspecto de una universidad ind�na en Sinaloa FOTO Archivo La Jornada

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró ayer (por ocho votos contra dos) la invalidez del decreto que concedía autonomía a la Universidad Abierta SC de San Luis Potosí, por considerar que la Constitución prevé que sean las universidades públicas las únicas que gocen de este beneficio.

Con esta decisión, los ministros se limitaron a analizar la autonomía universitaria según el artículo tercero constitucional y evitaron ahondar en cuestiones planteadas en el transcurso de la discusión -que se desarrolló en tres sesiones públicas-, referentes a la posibilidad de que las instituciones particulares de educación superior puedan alcanzar el rango de autónomas, tal como consideraron en su momento el presidente de la Corte, Mariano Azuela, y el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano.

Sin embargo, con la decisión de ayer, la SCJN optó por no profundizar en el tema y se limitó a establecer que "constitucionalmente" sólo las universidades públicas que reciben subsidios federales y estatales, que gozan de libertad de organización y gobierno, así como de cátedra, pueden ser autónomas.

Los únicos que votaron en contra del dictamen fueron José Ramón Cossío y Sergio Valls Hernández, quienes consideraron que era válido el decreto 593 promulgado por el gobernador de San Luis Potosí el 26 de septiembre de 2003, que convalidaba que el Ejecutivo local otorgara la autonomía a las instituciones de educación superior, sin la necesidad de que intervinieran otras autoridades locales.

La mayoría consideró, al resolver la controversia constitucional 103/2003 que presentó el Ejecutivo federal en contra del gobierno de San Luis Potosí, que las universidades públicas son autónomas en razón de que cuentan también con una ley orgánica que reglamenta su funcionamiento.

Cabe señalar que independientemente de que la mayoría decretó la invalidez referida, cuatro ministros emitieron un voto concurrente: Juan Díaz Romero (ministro instructor), Olga Sánchez Cordero, Margarita Beatriz Luna Ramos y Juan N. Silva Meza, en el que enfatizaron su posición de que la autonomía universitaria tiene que ver no sólo con el artículo constitucional, sino con todo el sistema educativo nacional. Curiosamente los cuatro ministros -en sesión previa el ministro Góngora, quien estuvo ausente en la sesión pública de ayer, había adelantado su pleno respaldo al proyecto de Díaz Romero- que emitieron su voto concurrente son egresados de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Los ministros advirtieron en sus alegatos que sólo las instituciones públicas pueden ser autónomas y que conceder la autonomía a las universidades privadas abriría la puerta a que en un momento dado prescindieran del reconocimiento de validez de estudios de la Secretaría de Educación Pública, lo que impactaría negativamente en la calidad de la enseñanza en las universidades particulares y en la rectoría del Estado en la materia.

La discusión sobre los alcances de la autonomía universitaria quedó para mejor momento, particularmente en lo que toca a comentarios hechos por el ministro Cossío de que la autonomía universitaria se da al menos en tres planos: uno conforme a la Constitución -sólo para las instituciones públicas-, otro que debería regular a las universidades privadas, y otro en la que se manejan de forma un tanto heterogénea instituciones como El Colegio de México y el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE).

 
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