Usted está aquí: viernes 15 de abril de 2005 Política Admite la Corte las controversias tanto de ALDF como de la Cámara

Los ministros encargados rechazaron conceder la suspensión de los actos reclamados

Admite la Corte las controversias tanto de ALDF como de la Cámara

Fuentes judiciales dicen que la PGR puede ya solicitar orden de aprehensión contra López Obrador

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Ampliar la imagen Los ministros Olga S�hez Cordero y Jos�am�oss�D� FOTOS Jos�ntonio L� y Luis Humberto Gonz�z /archivo

Dos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitieron ayer a trámite sendas controversias constitucionales relacionadas con el caso de Andrés Manuel López Obrador.

Mientras Olga Sánchez Cordero dio entrada a la demanda presentada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), con la que impugnó el desafuero y separación del cargo de jefe de Gobierno capitalino, José Ramón Cossío Díaz admitió la controversia interpuesta por los diputados federales para cuestionar el acuerdo por el cual los asambleístas se negaron a retirar la inmunidad constitucional (fuero) a López Obrador, y a separarlo de sus funciones como servidor público.

Sin embargo, los dos ministros integrantes de la primera sala de la Corte se negaron a conceder la suspensión de los respectivos actos reclamados por los dos órganos legislativos, por lo que, según fuentes judiciales, la Procuraduría General de la República (PGR) está en posibilidades de solicitar, en cuanto lo determine, una orden de aprehensión en contra de López Obrador.

De acuerdo con los autos de admisión, a los que tuvo acceso La Jornada, el argumento de ambos juzgadores para negar las suspensiones solicitadas fue que de haberlas otorgado no se habría garantizado el ''equilibrio procesal'', ya que se le habría dado la razón ''anticipada'' a una de las partes involucradas en el juicio, y con ello las controversias se hubieran quedado sin elementos jurídicos para ser analizadas a fondo.

Ambos autos de admisión pueden ser impugnados tanto por el Ministerio Público Federal como por la Cámara de Diputados y la ALDF, mediante un recurso de reclamación que correspondería revisar al pleno de la Corte.

El alegato que hizo valer la ALDF en la controversia, con la asesoría del abogado Javier Quijano, fue que López Obrador debe ser equiparado con un gobernador -con base en una jurisprudencia de la Corte-, por lo que corresponde al órgano legislativo capitalino y no a la Cámara de Diputados determinar si autoriza retirar el fuero para que se pueda ejercer acción penal contra el perredista.

Además, en la controversia los asambleístas refirieron -de acuerdo con su propia interpretación al párrafo quinto del artículo 111 Constitucional- que la Carta Magna establece que si la Cámara de Diputados decide proceder penalmente por delitos federales contra algún gobernador, ''la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las legislaturas locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda''.

Es decir, que los congresos locales (la ALDF) tienen la última palabra sobre el posible desafuero de un gobernador (jefe de Gobierno) señalado como presunto responsable de algún delito.

La interpretación de la Cámara de Diputados al 111 constitucional fue diametralmente opuesta a la hecha por la ALDF, ya que según los legisladores federales, los asambleístas violaron la Carta Magna, pues a éstos supuestamente no se les reconoce derecho alguno para intervenir en las declaraciones de procedencia (procesos de desafuero) contra altos funcionarios capitalinos, las cuales son de jurisdicción federal, contrario a lo que sucede con gobernadores.

Ahora los mismos ministros analizarán los argumentos de las dos partes en conflicto y realizarán un proyecto de resolución que deberá ser resuelto por el pleno de la Corte. Queda la posibilidad de que si las dos controversias son impugnadas, el pleno de la SCJN las deseche por notoriamente improcedentes, en caso de que la mayoría de votos así lo decidiera.

La primera controversia aceptada fue la que presentó el pasado viernes la ALDF. Al término de la sesión que ayer efectuó el pleno de la Corte (14 horas), la ministra instructora de la demanda controversial, Olga Sánchez Cordero, informó a los medios de comunicación que acababa de notificar a los asambleístas, los diputados federales y la PGR (instancias involucradas en el juicio) de la determinación.

''En estos momentos se está notificando a las partes. Admití la demanda de controversia y en materia de la suspensión, ya lo verán en mi acuerdo admisorio, en tanto que son dos dictámenes que se contraponen, se quedaría sin materia la controversia de concederse en cualquiera de los dos sentidos para que se ejecute alguno de los dos acuerdos, sea el de la Cámara de Diputados o el de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal'', puntualizó la ministra Sánchez al explicar su resolutivo.

Casi a las 17 horas se hizo oficial lo que ya era un rumor desde el mediodía: el ministro instructor de la controversia presentada por la Cámara de Diputados, José Ramón Cossío Díaz, había admitido la demanda. Tampoco concedió la suspensión a los legisladores federales con el mismo argumento que su compañera ministra.

El argumento central de ambos ministros para negar la suspensiones fue el siguiente: ''No es posible otorgar la suspensión de los actos impugnados, puesto que es un hecho notorio que ello conllevaría la ejecución plena de las resoluciones derivadas del ejercicio de las competencias que se reclaman (por un lado la Cámara de Diputados y por otro la ALDF), y con ello se permitiría que quedara sin materia la propia controversia constitucional, con lo cual esta Suprema Corte estaría impedida de resolver la cuestión (el fondo) efectivamente planteada en el presente asunto''.

Imparcialidad garantizada: Cossío Díaz

Por la mañana, varias asambleístas del PRD acudieron al máximo tribunal para entrevistarse con Sánchez Cordero y entregarle una carta, en la que le pidieron que admitiera la controversia.

En tanto, el ministro José Ramón Cossío Díaz aseguró en entrevista que los 11 juzgadores de la Corte tienen la preparación suficiente para no dejarse presionar por los involucrados en los casos que estudie el máximo tribunal.

Además, precisó que es común que las partes de un litigio acudan a entrevistarse con los impartidores de justicia para ofrecer sus argumentos correspondientes.

 
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