Proyecto de resolución de la controversia constitucional interpuesta por el Ejecutivo
Reconocerá la Corte facultades de Fox para vetar el Presupuesto 2005
Propone que la potestad de la Cámara de Diputados de modificar el Presupuesto de Egresos no sea ''absoluta sino limitada'' para que no contravenga su competencia y de los otros poderes
Ampliar la imagen El ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia. Imagen de archivo FOTO Guillermo Sologuren
El proyecto de resolución de la controversia constitucional que interpuso el presidente Vicente Fox en contra de la aprobación del Presupuesto de Egresos 2005, reconoce facultades del Ejecutivo federal para ejercer el derecho de veto, aun cuando se trate de leyes de exclusiva competencia de los legisladores. Pero al mismo tiempo plantea que la Cámara de Diputados puede superar dicho veto con una votación favorable de dos terceras partes del total de sus integrantes.
Este lunes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará en sesión pública la discusión del proyecto de dictamen elaborado por el ministro Guillermo I. Ortiz Maygoitia, en el que, en términos generales, se concede la razón tanto al presidente Fox como a la Cámara de Diputados en diversos puntos, todo ello con el propósito de valorar la figura del ''veto'' como acto de colaboración entre Ejecutivo y Legislativo, que tiene también el propósito de establecer un mecanismo que impida que un poder se sobreponga a otro, ''estableciendo así un sistema de pesos y contrapesos''.
Alterado, el principio de equilibrio de poderes
De acuerdo con el proyecto de resolución de la controversia 109/2004, en la que se impugna el decreto de Presupuesto 2005, aprobado el 14 de diciembre pasado, al que tuvo acceso este diario, se considera que el Ejecutivo federal, a través del veto, participa en el procedimiento legislativo mediante sus propias observaciones; también lo hace cuando sus propuestas no son tomadas en cuenta por los legisladores, o bien en caso de que su proyecto original sea modificado, como fue el Presupuesto 2005.
De manera que al hacer llegar sus objeciones o cuestionamientos adicionales a los diputados, si éstos no fueron tomados en cuenta por los legisladores al momento de aprobarse la iniciativa legal, el veto se convierte en ''un medio de control neutralizador del ejercicio del Poder Legislativo''.
Ortiz Mayagoitia sostiene que ''las causas que dieron lugar a instituir constitucionalmente el derecho de veto del Ejecutivo fueron el cúmulo de acontecimientos que, por el exceso de facultades otorgadas al Poder Legislativo y despojadas al Ejecutivo, habían provocado crisis políticas y sociales, alterándose con ello el principio de equilibrio de poderes''.
A lo largo del proyecto, Ortiz Mayagoitia pone énfasis en que una vez discutidas las observaciones del Ejecutivo, los diputados deberán superar éstas con las dos terceras partes del total de los legisladores, no del total de los presentes en la sesión.
En este contexto, al analizar lo relativo a los más de 4 mil 700 millones de pesos del Presupuesto 2005 que fueron impugnados por el presidente Fox, la resolución que plantea el ministro instructor es que se invalide el acuerdo de la Cámara de Diputados del 14 de diciembre de 2004, ''pero únicamente con efectos declarativos'', ya que por otra parte el Ejecutivo a su vez también planteó la invalidez de las modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados al Presupuesto de Egresos 2005.
La propuesta del ministro, indica el texto, es de que ''no se retrase más el presupuesto para este ejercicio, dados los trastornos que ello acarrea a las funciones públicas del Estado''.
Como otro punto a discutir por el pleno está el que la Corte reconozca la facultad de la Cámara de Diputados de modificar el proyecto de presupuesto que envíe el Ejecutivo. Sin embargo, en este caso se propone que esa posibilidad no sea ''absoluta sino limitada''. Es decir, que no contravenga su competencia y de los otros poderes, además de respetar los principios de ''supremacía constitucional y jerarquía normativa''.
A discusión del pleno estará esta propuesta que, de aceptarse, implicaría que las modificaciones de los diputados se clasifiquen en tres rubros: disposiciones del Presupuesto de Egresos respecto de los cuales se reconoce su validez; disposiciones respecto de las cuales se declara su invalidez absoluta; disposiciones afectadas de nulidad relativa.
El destino de los recursos
El pleno tendrá que establecer si ''es correcto o no que la Cámara de Diputados asigne recursos para la ejecución de obras o programas no contemplados en el presupuesto. Si la opinión de los ministros es de que no tiene facultades, los recursos asignados tendrían que ser reasignados por el Ejecutivo; pero si se reconocen facultades para los legisladores, tendrían que establecerse sus límites''.
Así, las modificaciones válidas serían, entre otras: omisión de autorizar recursos para el Programa de Ampliación y Actualización del Registro Federal de Contribuyentes; disminución de recursos para el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores (Adefas); asignación de recursos para el Fondo de Tierras para Desplazados Internos en el estado de Chiapas; ampliación de 800 millones de pesos a fondos mixtos y sectoriales; asignación de recursos excedentes al IMSS y al ISSSTE.
Los que serían declarados inválidos serían: construcción de carreteras y caminos; subsidios para obras y servicios de estados y municipios; áreas naturales protegidas; adquisición de equipo para la Armada; fondo para pago de adeudos a braceros; asignación de recursos para universidades públicas, etcétera.
Los programas de ''nulidad relativa'' serían los que tienen que ver con el ramo 33 y desarrollo rural sustentable. Se espera una discusión polarizada en el pleno.