Adoptar buenas prácticas de gobierno corporativo y proteger a minorías, objetivos
Desglosan Hacienda y CNBV proyecto de ley sobre el mercado de valores
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) desglosaron el proyecto de nueva ley de mercado de valores ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados con objeto de mejorar la oferta y la demanda, permitiendo a las empresas, de manera voluntaria, "adoptar buenas prácticas de gobierno corporativo y protección de minorías", a través de la transparencia y modernización de las estructuras corporativas de las firmas.
Jonathan Davis, presidente de la CNBV, explicó a los legisladores federales que el propósito es introducir la sociedad promotora de inversión, "para mandar la señal a inversionistas de que la empresa es un buen receptor de capital de riesgo".
De tal forma la Sociedad Anónima de Promotora de Inversión tendría mayores estándares de gobierno y revelación de información, a cambio de excepciones a la Ley General de Sociedades Mercantiles para realizar inversiones indispensables en transacciones de capital de riesgo, por medio de compromisos de voto entre los accionistas, mecanismos de salida a través de la recompra de acciones, y restricciones a los derechos de preferencia y separación.
A consecuencia de ello se le permitirá a la Sociedad Anónima de Capital de Riesgo listarse en bolsa y tener un plazo de tres años para converger a los estándares de la sociedad bursátil, y lograr un semillero de empresas que detonen el mercado de valores; los inversionistas que podrán participar en esa sociedad serán los institucionales y calificados, así como aquellos que manifiesten tener conocimiento de las características y posibles riesgos de estas sociedades.
En el ámbito de los grupos empresariales el alcance de la ley llegaría a las subsidiarias en los siguientes casos: revelación de información, transacciones relevantes y contabilidad consolidada.
De tal forma la falta de diligencia de los consejeros se manifestará cuando se abstengan de asistir, sin causa justificada a sesiones del consejo y comités de los que formen parte; y no revelen al consejo o a los comités de los que formen parte información que conozcan y que sea necesaria para la toma de decisiones, salvo que deben guardar secreto al respecto.
Y se manifestará deslealtad cuando favorezcan a algún accionista en detrimento de los demás, voten o tomen determinaciones con conflicto de intereses y hagan uso indebido de información privilegiada.
De aprobarse el proyecto presentado por el gobierno federal, la CNBV, a solicitud de la Casa de Bolsa, podrá llevar a cabo una revocación voluntaria de la autorización, siempre que se asegure la transferencia de los valores de los clientes. La Comisión Nacional, previo derecho de audiencia, podrá revocar la autorización cuando la Casa de Bolsa proporcione información falsa, reincida en los motivos de su suspensión y rehúse cumplir las solicitudes de la autoridad. En caso de que no existan recursos suficientes se podrá solicitar el concurso mercantil para iniciarlo en la etapa de quiebra con la terminación anticipada de la etapa de conciliación, y el conciliador será la persona que designe la SHCP, todo con la búsqueda de salvaguardar los valores de los clientes.
En tal caso ocurriría una reasignación de facultades entre la Secretaría de Hacienda y la CNBV. Hacienda transferiría a la CNBV la facultad de autorización y revocación de intermediarios y las autorizaciones operativas, por lo que la Secretaría permanecería encargada de la estructura del sistema financiero y del diseño de la legislación financiera.
Se propone que las facultades de autorización y revocación de intermediarios, así como las que derivan de éstas, sean a través de la junta de gobierno de la CNBV en la que participa la Secretaría de Hacienda y el Banco de México, eliminando con esto la doble ventanilla que de hecho operaba reduciendo los costos regulatorios.