Una reforma al artículo 55 del Código Penal Federal favorece al ex titular de la DFS
Nazar Haro podría enfrentar en su casa el juicio por la guerra sucia
El inculpado goza desde hace 6 meses del beneficio de prisión preventiva domiciliaria
Una de las cuatro órdenes de aprehensión que obtuvo el pasado fin de semana la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) contra dos ex funcionarios federales y dos ex servidores públicos del estado de Hidalgo representa para el Poder Judicial Federal un caso inédito en materia jurídica.
El juez 12 de distrito, Juan José Olvera López, deberá determinar en las próximas horas o incluso días, si se cumplimenta la orden de captura que libró contra Miguel Nazar Haro, ex titular de la Dirección Federal de Seguridad (DFS), en su domicilio particular -donde se encuentra arraigado desde el pasado 28 de noviembre- o si ordena su encarcelamiento en el Reclusorio Oriente.
Fuentes judiciales de primer nivel precisaron que aun cuando el juez ordenara el traslado de Nazar de su casa al centro carcelario, antes de que pueda cumplirse ese mandato debe quedar revocado el beneficio de prisión preventiva domiciliaria de que goza el inculpado desde hace más de seis meses, el cual le fue concedido por el juzgado cuarto de distrito con sede en Nuevo León.
Agregaron que Olvera López carece de facultades jurisdiccionales para revocar la determinación de otro juez de procesos penales (que se encuentra a su mismo nivel), y que sólo un tribunal de alzada o un juez de amparo tienen facultades para ello.
El punto central que debe analizar el juez Olvera López tiene que ver con la reforma al artículo 55 del Código Penal Federal, efectuada el año pasado, misma que permite que un inculpado mayor de 70 años de edad y con precario estado de salud pueda enfrentar cualquier cargo penal detenido en su casa, incluso desde que se emita una orden de aprehensión.
Si bien en noviembre pasado otro juez federal concedió a Nazar Haro ese beneficio legal (arraigo domiciliario) respecto a otros dos cargos que le imputó con anterioridad la Femospp, por el delito de secuestro, eso ocurrió después que se dictó el auto de formal prisión en su contra, por lo que el ex titular de la DFS permaneció más de nueve meses recluido en un penal ubicado en Monterrey, Nuevo León. Durante ese tiempo la salud del ex coordinador de la llamada Brigada Blanca se fue deteriorando.
En tanto, fuentes cercanas al caso informaron que los abogados de Nazar Haro -quien tiene 80 años de edad- presentaron ayer un escrito al juez Olvera López para pedir que su defendido no sea encarcelado y permanezca bajo arraigo domiciliario, con base en el mencionado artículo 55. La última palabra la tiene el juzgador.
Además, los abogados interpusieron una demanda de amparo en un juzgado de distrito con la finalidad de obtener una suspensión provisional que pueda garantizar a Nazar no ser trasladado de su casa al juzgado 12 del Reclusorio Oriente.
Según autoridades de la Agencia Federal de Investigación (AFI) consultadas por este diario, el juzgador que emitió la orden de captura el pasado fin de semana contra Miguel Nazar, Luis de la Barreda Moreno (también ex titular de la DFS), Alejandro Straffon (ex procurador de Hidalgo) y Jorge Bustos (ex funcionario de esa dependencia) ya fue informado respecto a que Nazar se encuentra bajo arraigo en su domicilio.
Ahora, los elementos policiacos asignados para dar cumplimiento a la nueva orden de captura están a la espera de que el juez 12 de distrito ordene qué procede: si Nazar debe ser trasladado al juzgado o si se le tomará su declaración preparatoria en su casa, adonde acudiría el juzgador.
En lo que toca a los otros tres inculpados, entre ellos Luis de la Barreda Moreno, sus casos son como el de cualquier otra persona que se encuentre prófuga de la justicia, y por ello su aprehensión está en manos de la AFI.
La Femospp ha logrado hasta la fecha 16 órdenes de aprehensión desde que fue creada, hace más de dos años. Para De la Barreda Moreno, quien permanece prófugo de la justicia desde el 5 de diciembre de 2003, ésta es su quinta orden de captura por delitos de la llamada guerra sucia, solicitada por la fiscalía especial, a cargo de Ignacio Carrillo Prieto. Contra Nazar se han librado tres órdenes de aprehensión, dos de las cuales pasaron a la etapa de proceso penal.