Según diputados del PAN, no cumplía los requisitos para el cargo
Desecha la Contraloría denuncia contra el director del Registro Público de la Propiedad
La Contraloría General del Distrito Federal desechó la denuncia que presentaron los diputados locales del Partido Acción Nacional (PAN) Irma Islas León y Obdulio Avila Mayo, en contra del director general del Registro Público de la Propiedad y el Comercio, Héctor Muñoz Ibarra, a quien acusaron de haber asumido el cargo sin contar con los cinco años de experiencia profesional que establece la ley.
Los legisladores sustentaron su acusación en el hecho de que el funcionario capitalino obtuvo su cédula profesional en agosto de 2002. Sin embargo, Muñoz Ibarra acreditó haber obtenido el título profesional de licenciado en derecho por la Universidad Autónoma Metropolitana en junio de 1995, y a partir de ese año, hasta 1999, ejerció como asesor jurídico del Sindicato de Trabajadores de esa casa de estudios (Situam).
Islas y Avila, quienes también son abogados, presentaron ante la Contraloría su denuncia el 23 de noviembre de 2004, atribuyendo presunta falta administrativa a Muñoz Ibarra, "por haber omitido cumplir con el requisito de contar con cinco años de práctica en el ejercicio de la profesión para asumir esa dirección general".
Al escrito de denuncia anexaron fotocopia de un oficio de la Dirección de Autorización y Registro Profesional de la Dirección General de Profesiones, en el que se da cuenta de la expedición de la cédula 3659487 a Muñoz Ibarra el 9 de agosto de 2002, que lo faculta para ejercer la licenciatura en derecho.
En el procedimiento iniciado por la dependencia para determinar si existió la irregularidad denunciada por los diputados, el titular del Registro Público exhibió copia certificada de la constancia de prestación de servicios profesionales como asesor jurídico del Situam de 1995 a 1999, expedida por la secretaría general del sindicato el 26 de julio de 2002.
En los considerandos del expediente, la Contraloría señala que no obstante haber obtenido la cédula profesional el 26 de julio de 2002, "su obtención no era condicionante para que prestara sus servicios como asesor jurídico al Situam, en el entendido de que en esa materia no se requiere cédula profesional para comparecer, en términos del artículo 27 de la ley reglamentaria del artículo 5 constitucional relativo al ejercicio de profesiones en el Distrito Federal", donde se establece que "la representación obrera, agraria y cooperativa, se regirán por las disposiciones relativas a la Ley Federal del Trabajo, Código Agrario, Ley de Sociedades Cooperativas y, en su defecto, por las disposiciones conexas del derecho común".
La Contraloría determinó que desde que obtuvo su título profesional en 1995, Muñoz Ibarra "ha venido desempeñando de manera continua diversas funciones relacionadas con el ejercicio del derecho", con lo que "se acredita que, contrario a lo establecido en la denuncia materia de la presente investigación, al momento de ser designado como director del Registro Público de la Propiedad y el Comercio contaba con los requisitos, particularmente en lo que se refiere a una antigüedad de cinco años en el ejercicio de la profesión de abogado".