Usted está aquí: jueves 18 de agosto de 2005 Política Ordena el IFAI a la PGR buscar oficio sobre el paradero de Muñoz Rocha

Ex cónsul alertó en 94 que se encontraba en San Antonio

Ordena el IFAI a la PGR buscar oficio sobre el paradero de Muñoz Rocha

ELIZABETH VELASCO C.

El pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) acordó por unanimidad instruir a la Procuraduría General de la República (PGR) para que en compañía de funcionarios del Organo Interno de Control de esa dependencia realice una búsqueda "exhaustiva" en los archivos del ex procurador Antonio Lozano Gracia de los oficios que contienen las declaraciones juramentadas de agentes estadunidenses ante una corte federal sobre la presencia de Manuel Muñoz Rocha en la ciudad de San Antonio, Texas, en 1994.

Muñoz Rocha, desaparecido en ese año, es considerado presunto autor intelectual del asesinato de José Francisco Ruiz Massieu, ex secretario general del PRI.

De esta manera el IFAI revocó la declaratoria de "inexistencia" que en dos ocasiones ha expresado la PGR sobre el referido oficio con registro SAN 0916, de fecha 2 de diciembre de 2004.

El recurrente de la información, el ex cónsul general en esa ciudad fronteriza en aquella época, Humberto Hernández Haddad, presentó copias del citado oficio para sustentar su petición formulada el 13 de mayo pasado.

Específicamente, Hernández ha solicitado copia certificada del referido oficio. En su primera respuesta, la PGR remitió a Hernández a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), argumentando que la cancillería tenía el documento.

Sin embargo, Hernández ya había solicitado el 19 de agosto de 2004 la copia certificada del oficio a la SRE, la cual se declaró "incompetente" para conocer sobre tal información, bajo el argumento de que el original del oficio se remitió al entonces procurador Lozano Gracia.

En su petición a la PGR, Hernández precisó que el oficio de una foja fue enviado por el consulado general de México en San Antonio, Texas, a Lozano Gracia, con copia para el entonces subprocurador, Manuel Galán, y el director general de Asuntos Internacionales, embajador Oscar González. También, que "el oficio telefax lo firmó el cónsul Alejandro García Moreno Elizondo, por orden del cónsul general, informando con carácter urgente al procurador Antonio Lozano Gracia" de las declaraciones de los agentes federales sobre la ubicación de Muñoz Rocha.

Mas la PGR de nueva cuenta argumentó la "inexistencia" del oficio, por lo que Hernández presentó un recurso de revisión. En sus alegatos, además de señalar la importancia de "esclarecer la verdad legal e histórica" sobre esos sucesos, acusa a la procuraduría de "cometer un grave encubrimiento" al declarar inexistente el oficio.

"Ello -dice Hernández- sería una burda maniobra de ocultamiento, sustracción o destrucción de pruebas documentales públicas que explican de manera fehaciente un asunto por el cual el suscrito, como ex diplomático agraviado y ofendido, tengo presentadas varias denuncias penales ante la PGR, por las amenazas de muerte y las represalias que el entonces Presidente de la República, Ernesto Zedillo, y el otrora canciller, Angel Gurría, desataron en mi contra por haberles enviado, en mi entonces carácter de cónsul general de México en San Antonio, varios informes consulares que documentan el ocultamiento del fugitivo Manuel Muñoz Rocha en esa ciudad de Texas."

A pesar de que en sus alegatos la PGR acusa al solicitante de pretender "confundir y malinterpretar dolosamente las acciones tomadas por el comité de información" de esa dependencia, en tanto que ya buscó "exhaustivamente" la información en la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales, sin encontrarla, el comisionado ponente del caso, Juan Pablo Guerrero, junto con el voto en favor de sus colegas, resolvió que "la información solicitada sí se generó y que su inexistencia en los archivos de la dependencia pudo haberse derivado de su destrucción".

Por ello, advierte que en caso de que la PGR no localice el oficio citado, además de declarar la inexistencia del documento, "deberá acreditar que la baja documental se realizó de conformidad con la disposición que en materia de guardia y custodia de documentos se encontraba vigente (en 94), o bien, si la destrucción pudiera ubicarse en una causal de responsabilidad administrativa".

Además de ese caso, el IFAI ordenó también a la PGR que haga pública información relativa a las tecnologías empleadas para el combate al narcotráfico, tanto en la detección por carretera como para la destrucción de plantíos de enervantes, durante el periodo 1994-2004.

 
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