La justicia militar deberá hacerse de "pruebas contundentes" contra el general
Tribunal federal cancela sentencia contra Acosta Chaparro por narco
Ampliar la imagen En imagen de archivo, el general Mario Arturo Acosta Chaparro FOTO Jos�arlo Gonz�z Foto: Jos�arlo Gonz�z
Un tribunal federal con sede en el Distrito Federal canceló la sentencia de 15 años de prisión que fue dictada en contra del general Mario Arturo Acosta Chaparro por el delito de narcotráfico y ordenó al Supremo Tribunal de Justicia Militar (STJM) que "corrija" los argumentos jurídicos en que se basó anteriormente el consejo de guerra cuando dictó su veredicto contra el militar, en noviembre de 2002, con el propósito de que quede demostrada su plena culpabilidad en dicho acto ilícito, informaron ayer fuentes militares y del Poder Judicial Federal.
Acosta Chaparro, junto con el general Francisco Quirós Hermosillo, fue detenido en agosto de 2000 bajo la acusación de servir y dar protección a quien fue líder del cártel de Juárez, el extinto Amado Carrillo Fuentes, El Señor de los Cielos. Desde entonces se encuentran presos en el Campo Militar número uno.
El pasado lunes, tres magistrados del quinto tribunal colegiado en materia penal del primer circuito resolvieron por unanimidad otorgar el amparo a Acosta Chaparro, aunque la protección de la justicia federal no implica que el general quede absuelto en definitiva del cargo que se le imputó en 2000 por delitos contra la salud.
De acuerdo con fuentes consultadas, la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM) deberá hacerse de "pruebas contundentes" para que el STJM emita una nueva sentencia contra el general, ya que los argumentos jurídicos con los que fue juzgado y condenado a 15 años resultaron "insuficientes" para los magistrados federales Rosa Guadalupe Malvina Carmona Roig, Manuel Bárcena Villanueva y María Eugenia Martínez Cardiel.
El resolutivo será notificado al STJM y al general la próxima semana, una vez que la magistrada Carmona Roig -encargada de la elaboración del proyecto de sentencia que fue avalado por sus compañeros- concluya el engrose (correcciones) del expediente relativo a la toca penal 655/2005.
Ayer, en la lista de acuerdos del quinto tribunal se publicó una síntesis de la resolución del pasado lunes, en la que se lee: "Se concede la protección de la justicia federal (amparo) al quejoso (Mario Arturo Acosta Chaparro) para efectos señalados en la sentencia y que deben ser cumplidos por la autoridad responsable (STJM)".
Además del delito de narcotráfico, Acosta Chaparro enfrenta actualmente otro proceso por su presunta responsabilidad en 22 homicidios de campesinos de Guerrero durante la guerra sucia de los años setenta.
En ese proceso por 22 homicidios se han agregado nuevos elementos, como es la investigación sobre la presunta participación de los ex secretarios de la Defensa Nacional Antonio Riviello Bazán y Enrique Cervantes Aguirre, así como del ex procurador militar Guillermo Fromow, por haber participado directa o indirectamente en esos acontecimientos, en virtud de que en aquel entonces ocupaban puestos de mando en la 27 Zona Militar, área en la cual se perpetraron los asesinatos de los campesinos, cuyos cuerpos fueron tirados al mar.
Inicialmente, en diciembre de 2002 el fuero castrense libró orden de aprehensión contra el general por su presunta responsabilidad en la ejecución de 143 personas, pero debido a que fue una consignación "mal hecha", el TSJM redujo a 22 el número de homicidios que se le imputan actualmente a Acosta Chaparro. En el caso de la sentencia por delitos contra la salud, cuando el consejo de guerra condenó a 15 años de prisión al militar -a diferencia del general Jesús Gutiérrez Rebollo, también acusado de narcotráfico, Acosta Chaparro fue juzgado en el fuero de guerra y no en el fuero federal-, lo dejó en posibilidad de obtener su libertad preparatoria, pero el STJM revocó la resolución que le habría permitido obtenerla anticipadamente al cumplir una cuarta parte de la pena.
La decisión de los magistrados militares se fundamentó en el artículo 85 del Código Penal Federal, el cual establece que quienes sean sentenciados por delitos contra la salud no tienen derecho a la libertad preparatoria. El Código de Justicia Militar -en el que se basó la sentencia inicial- prevé la libertad preparatoria para todo aquel que reciba una pena mayor a tres años de prisión, ya que en lugar de quedar libres siguen acuartelados en una unidad militar donde están bajo observación y, ante cualquier acto considerado irregular, son renviados a prisión.
En noviembre de 2002, los generales Francisco Quirós Hermosillo y Arturo Acosta Chaparro fueron sentenciados a penas carcelarias de 16 y 15 años, respectivamente, y al pago de una multa de cien días de salario mínimo, "equivalente a un monto de mil 527 pesos'" -de acuerdo con el dictamen-, debido a que el consejo de guerra que los juzgó los declaró culpables de delitos contra la salud y, en el caso del primero, cohecho.
Entonces los oficiales fueron destituidos de su empleo de general de división retirado, en el caso de Quirós Hermosillo, y general brigadier, en el de Acosta Chaparro, y se les inhabilitó por dos años para desempeñar cualquier cargo público, así como la pérdida de los derechos adquiridos en virtud del tiempo de servicio prestado en las fuerzas armadas, y la prohibición de usar uniformes y condecoraciones.
El cargo por narcotráfico se sustenta básicamente en el testimonio del ex capitán Gustavo Tarín Chávez. El mismo es un delincuente que, entre otros crímenes, asesinó a su propio hermano y a una persona que lo increpó inmediatamente por hacerlo.
Fue detenido en Estados Unidos por el FBI por sus vínculos con el narcotráfico, pero se convirtió en testigo protegido y reveló pormenores sobre el proceder delictivo de Quirós Hermosillo y Acosta Chaparro, que de represores en los años setenta se convirtieron en protectores del narcotráfico dos décadas después.
Tarín Chávez ofreció en 1999 información a autoridades mexicanas sobre esas dos etapas en la vida de ambos generales. Su testimonio fue eficaz para la consignación de aquéllos por delitos contra la salud.
Además, la información de Chávez reveló que los acusados habían organizado vuelos de la muerte: desde la base aérea de Pie de la Cuesta aviones con presuntos guerrilleros partían para soltar su carga -esas personas- sobre el mar.