En el proceso por peculado contra Gómez Gutiérrez salen a la luz múltiples anomalías
"Palpable" desvío de fondos de la partida secreta en el mandato de Carlos Salinas
La exculpación del hermano incómodo genera impunidad, advierte el juez Olvera
Ampliar la imagen En imagen de archivo aparecen el abogado Juan Vel�uez y el contador Juan Manuel G� Guti�ez, quien supuestamente jug� papel de prestanombres de Ra�linas de Gortari FOTO La Jornada Foto: La Jornada
El juicio por peculado en contra de Juan Manuel Gómez Gutiérrez, contador y principal prestanombres de Raúl Salinas de Gortari, derivó en una confrontación indirecta entre representantes del Poder Judicial Federal (PJF) desde el momento en que un juez de distrito aseveró que al conceder el amparo que impide procesar por ese acto ilícito al hermano del ex presidente Carlos Salinas, tres magistrados "adoptaron un criterio que no hace más que generar impunidad ante la conducta palpable de un desvío de recursos" que, "en suma, fue de poco más de 2 mil 200 millones de pesos" de la llamada partida secreta de la Presidencia de la República.
Lo anterior consta en el auto de formal prisión dictado por el juez 12 de distrito con sede en el Reclusorio Oriente, Juan José Olvera López, el pasado 31 de agosto, en contra de Gómez Gutiérrez, coacusado con Raúl Salinas por el delito de peculado.
Esa resolución judicial, a la que tuvo acceso La Jornada, evidencia que durante la presidencia de Carlos Salinas alrededor de la quinta parte de los 10 mil 500 millones de pesos ejercidos como partida secreta se depositaron en cuentas bancarias de Ernesto Sentíes Hoyos, entonces director general de Administración de la Presidencia de la República, y que desde éstas "al menos una vez, cada mes, durante casi cuatro años (de septiembre de 1990 a julio de 1994)" se transfirió dinero en favor del llamado hermano incómodo, "hasta sumar un total de 60 operaciones".
Las interpretaciones encontradas entre el juez Olvera y tres magistrados del segundo tribunal colegiado con sede en el estado de México, derivaron de los criterios jurídicos con los cuales se otorgó el amparo que permitió a Raúl Salinas no ser juzgado como presunto responsable del delito de peculado.
El juez de distrito precisó en su resolutivo que si bien el presunto desvío de recursos de la Presidencia de la República fue superior a 2 mil millones de pesos, "únicamente se ha acreditado que a las cuentas bancarias que Raúl Salinas manejó con nombres falsos se hicieron depósitos del orden de 207 millones de pesos".
Al estudiar la acusación contra Juan Manuel Gómez Gutiérrez, el juzgado 12 de distrito consideró que el criterio aplicado por los magistrados en el caso de Raúl Salinas fue "erróneo", ya que existen elementos que demostrarían la culpabilidad de ambos en el acto ilícito que se les imputa, a pesar de que la partida secreta no era auditable, porque "la distracción de recursos es reprochable penalmente".
El pasado 8 de octubre el segundo tribunal consideró que no había elementos para demostrar que existió peculado, ya que la partida secreta era manejada de manera discrecional para gastos "contingentes", por lo cual no se podía hablar de desvío, ya que no existía un fin claramente asignado para el uso de esos recursos.
En esa ocasión los magistrados José Nieves Luna Castro, Alejandro Sosa Ortiz y Manuel Baraibar Constantino concluyeron que no existían pruebas de que Raúl Salinas estuviera enterado o haya auxiliado para concretar las operaciones iniciadas por Ernesto Sentíes Hoyos.
Sin embargo, para el juez Olvera López está demostrado que entre 1990 y 1994 Sentíes recibió de la Tesorería de la Federación un total de 2 mil 700 millones de pesos, de los cuales 2 mil 227 millo-nes fueron depositados en cuentas de sus subalternos Araceli y Francisco Vázquez Alanís, quienes transfirieron los recursos a tres cuentas en las que Raúl Salinas utilizó las identidades de Juan José González Cadena, Rolando Gutiérrez García y Juan Manuel Gómez.
Olvera López consideró además que la determinación de los magistrados sólo constituía una opinión que "ni siquiera es exigible atender".
Para demostrar que los integrantes del tribunal federal cometieron un error de apreciación, el juez consideró que si bien la partida secreta no puede ser auditada en el caso de Raúl Salinas y coacusados, se tenía que haber justificado la entrega de esos dineros luego de su aplicación.
Según el juzgador, en las pruebas que existen dentro de la causa penal 54/2002 "sí está demostrado cuál era la finalidad de los recursos: eran para aplicarlos a cubrir bienes y servicios de interés general para el país, esa era la finalidad última de las ministraciones".
Olvera López manifestó que en el expediente judicial constan pruebas suficientes que demuestran la distracción de recursos públicos, "porque la ausencia de normatividad (o la ignorancia de ella)" en cuanto a la legislación que regía el manejo de la partida secreta, "no impide demostrar que dinero público se transfirió a cuentas bancarias privadas, no precisamente mediante procedimientos transparentes, sino incluso por medio de artificios financieros (como la falsedad del nombre del beneficiario), y la ausencia de prueba alguna de que fue para cubrir un gasto contingente de la Presidencia de la República".
El juzgador estimó que el criterio aplicado por el tribunal colegiado "no hace más que generar impunidad ante la conducta palpable de desvío de recursos", ya que "hay una serie de indicios que debidamente concatenados demuestran plenamente que el dinero de la partida secreta se distrajo de su objeto, del fin al que estaba destinado, a saber, la aplicación a necesidades contingentes propias de la actividad de la Presidencia de la República".
Aunque la resolución del juzgado 12 ya no afecta judicialmente la situación de Raúl Salinas, el impartidor de justicia afirma que "que es un hecho público y notorio, demostrado en autos con la propia declaración ministerial de Raúl Salinas, que éste es hermano del que en ese momento era presidente de la República, lo cual arroja otro indicio de que tal dinero fuera para el beneficio personal, al menos de Raúl Salinas; es decir, no se trataba de cualquier persona, sino de alguien con quien evidentemente el Presidente de la República tenía compromiso de ayudarlo, surgido de la relación de hermanos".