Se privatizarían exploración, explotación y exportación del combustible
Pide Fox concesionar gas natural a empresas con capital extranjero
Muy lejanos aún, los límites de explotación de hidrocarburos; las fuentes alternativas de energía, "riesgosas para el país"
Se facilitaría a compañías contabilizar reservas como activos
El gobierno del presidente Vicente Fox propuso al Congreso privatizar la exploración, explotación y exportación del gas natural no asociado al petróleo, gas grisú e hidratos de gas a empresas con 51 por ciento de capital nacional y 49 por ciento extranjero. En el paquete de reformas a los artículos 27 y 28 constitucional y de la Ley Reglamentaria del artículo 27 en el ramo del petróleo y de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, la administración federal también pretende regular los contratos de servicios múltiples, con objeto de autorizar el transporte, almacenamiento y distribución del petróleo y los hidrocarburos a manos de los inversionistas privados.
Vicente Fox hizo llegar la tarde del martes pasado el paquete de reformas al sector energético, donde destaca la modificación a los artículos 27 y 28 constitucionales con objeto de restarle al gas natural no asociado el concepto de exclusividad del Estado, y considerarlo un instrumento prioritario donde "concurran los sectores público. social y privado en la realización de las actividades de la explotación de gas".
Con un discurso tendiente a convencer al Poder Legislativo de la responsabilidad del gobierno con la defensa de la soberanía nacional, Vicente Fox argumenta en su propuesta de reforma que no "privatizaremos Petróleos Mexicanos"; y que se está "muy lejos de llegar a los límites de explotación de los recursos naturales de hidrocarburos", y el riesgo para la nación es la aparición de fuentes alternativas de energía -como la solar, eólica o nuclear- que sustituyan a los hidrocarburos.
En el texto turnado a la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados se señala que se pretende que México obtenga la autosuficiencia energética a través de la explotación racional de los hidrocarburos, en especial del gas natural con capital privado. Tal idea regularía de facto la inversión extranjera que se ha instalado en la cuenca de Burgos, donde se localiza uno de los yacimientos de gas natural no asociado al petróleo más grande de la Tierra.
El cambio sugerido al artículo 27 constitucional disfraza la intención de hacer del gas natural no asociado una herramienta de obtención de recursos extras, distinta al petróleo o los carburos de hidrógeno sólidos o líquidos. Y el elemento central que aparece en todo el texto es el de la concesión a manos privadas para la exploración, explotación y exportación del gas natural no asociado.
En ese postulado constitucional, el único cambio introducido por el gobierno foxista es el de mencionar al gas natural asociado en la lista donde se haya el petróleo, los carburos de hidrógeno y los minerales radiactivos en el catálogo del gas natural asociado, los carburos de hidrógeno y los minerales radiactivos.
El cambio que se intenta introducir al artículo 28 constitucional manifiesta que el gas natural no asociado al petróleo se encontrará en la misma circunstancia de la comunicación vía satélite y los ferrocarriles, que son áreas prioritarias, pero no estratégicas.
De tal forma la propuesta de ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia de gas natural no asociado al petróleo señala que las empresas concesionarias para la exploración tendrán la capacidad de cuantificar las reservas económicamente aprovechables, mientras que en el terreno de la explotación, extracción y procesamiento de gas, podrán conducir, almacenar o interconectar, vía gasoductos, el gas extraído. Pero las facultades de éstas no quedan ahí ya que también podrían, con derecho, comercializar el producto extraído y procesado.
En materia del régimen de concesiones se restringe la inversión extranjera, "bajo la premisa de que los bienes del dominio directo de la nación deben ser explotados por mexicanos, sin perjuicio de que la inversión nacional sea complementada con la extranjera, cuando sea necesario para el óptimo desarrollo de la industria". Es decir, los mexicanos tendrían la facultad de invertir hasta el 51 por ciento de los recursos, dejando el 49 por ciento a los extranjeros.
Las concesiones serían otorgadas mediante licitación pública con objeto de prever las mejores condiciones para la explotación del gas natural no asociado al petróleo, refiere el documento. "Es preciso destacar que las concesiones serán otorgadas por un plazo de 30 años, con objeto de hacer atractiva la inversión por parte del sector social y privado".
Además del gas natural no asociado al petróleo, se suman el gas grisú (gas natural que se forma simultáneamente al carbón mineral y que se encuentra en una mismo yacimiento) y los hidratos de gas (sólidos compuestos por moléculas de agua que forman una estructura que contiene una molécula de gas natural, fundamentalmente metano, y son conocidos como caltratos), como susceptibles de ser explotados y comercializados por la iniciativa privada. Y los requisitos que deberían, en caso de aprobarse la iniciativa, cumplir los concesionarios son los siguientes: Atender la convocatoria de la Secretaría de Energía para la licitación de las concesiones, presentar un plan de negocios, programa de exploración y explotación, especificaciones técnicas de los proyectos y requisitos de seguridad. Una vez obtenida la concesión los empresarios privados estarán obligados a presentar ante las autoridades un informe anual detallado del estado que guardan las reservas gaseras probadas, probables y posibles del área geográfica.
En la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, y de la ley de la comisión reguladora de energía, el Presidente justifica la operación de los contratos de servicios múltiples (CSM), por el envejecimiento de los sistemas de distribución y almacenamiento de Pemex, que entre julio de 2004 y el presente, han reportado cerca de 700 fugas, y el elevado costo de las contingencias ambientales provocado por esas fugas que alcanzan los mil 40 millones de pesos.
En la argumentación foxista se destaca que en 1958 se promulgó la Ley Reglamentaria del Artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, donde se autorizaba la celebración de contratos para la prestación de servicios a los particulares en el aprovechamiento colectivo de los hidrocarburos. También refiere que el 21 de abril de 1995 una nueva reforma a la ley reglamentaria del mismo artículo permitía abiertamente la participación de los sectores social y privado en las actividades conexas de transporte, almacenamiento y distribución de gas, donde se reafirmó la exclusividad del Estado para la exploración, explotación y elaboración del producto petrolero.
En la última reforma se permitió también a los particulares la construcción, instalación y operación de ductos y otras instalaciones que, según la lógica del foxismo, no atentan contra el dominio directo del Estado sobre el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos.
Consecuentemente, en opinión del Ejecutivo federal, las actividades fundamentales de la industria petrolera consisten en la exploración y explotación del petróleo y los hidrocarburos y, en tal virtud, las actividades de transporte, almacenamiento y distribución, en tanto no atentan contra los principios constitucionales, bien pueden ser efectuadas por los sectores social y privado sin perjuicio de que el Estado continúe realizándolas