Vigente, artículo ilegal de la Ley de Aguas de Michoacán
Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el artículo 36 de la Ley de Aguas de Michoacán es inconstitucional, seguirá en vigor porque los ministros no reunieron los ocho votos necesarios para invalidarlo. Por siete votos contra tres -el ministro Juan N. Silva Meza está de vacaciones-, el pleno determinó que el citado artículo es violatorio de la Constitución porque permite a los municipios michoacanos fijar cuotas por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento. La SCJN señaló que fijar las tarifas es atribución del Congreso del estado.