Usted está aquí: sábado 8 de octubre de 2005 Política Desacata Sedena orden de no marginar a enfermos de sida

Fox dio instrucciones de revisar la ley de seguridad social

Desacata Sedena orden de no marginar a enfermos de sida

ANTONIO MEDINA /NOTIESE ESPECIAL PARA LA JORNADA

Hace más de un año que el presidente Vicente Fox ordenó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) crear un grupo de trabajo, con la Secretaría de Salud y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), para analizar la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM).

En su apartado de causales de baja de la institución, la legislación aprobada en septiembre de 2003 es explícitamente discriminatoria, pues establece que todo militar que dé positivo en una prueba de detección del VIH o contraiga una enfermedad crónico-degenerativa será dado de baja del Ejército y de cualquier otra institución castrense.

Hasta el momento, la orden del jefe supremo de las fuerzas armadas no ha sido acatado por la institución marcial, a pesar de que las dependencias federales convocadas y diversas organizaciones civiles han insistido para que los mandos militares accedan al diálogo.

El mandato presidencial se dio en el contexto de la segunda reunión ordinaria del Conasida, el 23 de septiembre de 2004. Ahí, Gilberto Rincón Gallardo, presidente del Conapred, expuso la problemática de los soldados que han sido dados de baja por vivir con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH).

Un par de meses después de aquella reunión, las organizaciones civiles empezaron a manifestar descontento ante "la actitud desafiante del Ejército Mexicano por negarse a cumplir la orden del Ejecutivo y el acuerdo del consejo".

La ley que permite que los soldados VIH-positivos sean dados de baja, autoría de la Sedena, fue reformada en septiembre de 2003 por el Congreso, sin que ningún legislador de los diferentes partidos haya hecho el mínimo señalamiento. En su artículo 226 dice que se dará de baja a todo militar que resulte VIH-positivo por ser "inútil para el servicio de las armas", y "legalizó la discriminación hacia los militares seropositivos", como señala el abogado Pedro Morales Aché, quien litiga en favor de varios de los afectados.

El pasado 20 de enero, cinco meses después de la orden presidencial no obedecida hasta hoy, la Sedena aprobó el Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército y la Fuerza Aérea mexicanos, que precisa que los nuevos conscriptos deberán someterse de manera obligatoria a la prueba del VIH para constatar que se encuentran "sanos y útiles para el servicio de las armas".

Sociedad civil en lucha

A pesar de la petición de los representantes de la sociedad civil para que los militares accedan al diálogo, la respuesta ha sido el silencio y el disimulo. Como manifestó a NotieSe "Samuel", sargento que fue dado de baja por vivir con VIH: "En la milicia, al elemento que es detectado como seropositivo se le da de baja, porque se cree que ya no puede desempeñar las labores propias de un soldado; por tanto, se le relega a custodia militar para después darlo de baja; no se le retribuye por sus años de servicio si tiene menos de dos décadas en activo... parece que fuera un castigo, a algo así".

La Corte tiene la palabra

La inconstitucionalidad de la Ley del ISSFAM ya está a discusión en la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde se encuentran cinco solicitudes de amparo promovidas por militares seropositivos, cuatro de los cuales involucran la ley anterior, en la que se sostenía que el padecer una enfermedad incurable era causa de baja del Ejército.

Otro caso es defendido por la aplicación de la actual ley, que fue modificada en septiembre de 2003, en la que se especifica abiertamente, en su artículo 226, la "baja por inutilidad" de los militares que resulten positivos a la prueba del VIH.

Por lo anterior, los magistrados de la SCJN tienen ante sí tres contradicciones de tesis en las que se plantea: si en términos de la anterior ley el hecho de tener VIH era causa de baja; si procede otorgar la suspensión de los elementos seropositivos para efecto de que sigan cobrando y prestando sus servicios, y si el director de Justicia Militar tiene competencia para dar de baja a los soldados o si esa facultad corresponde al secretario de la Defensa Nacional.

El trasfondo es que en las bajas de los conscriptos existe discriminación hacia los elementos que viven con VIH/sida, lo que contradice al artículo primero de la Constitución sobre la no discriminación y otras leyes federales que defienden el derecho al trabajo y a la salud, además de una serie de tratados internacionales sobre derechos humanos que el gobierno mexicano ha signado.

De los más de 160 casos de bajas del Ejército Mexicano entre 2000 y 2005, solamente cinco han llegado a la SCJN y dos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual ya solicitó al gobierno de Vicente Fox un informe para determinar si han sido legales o ilegales. Asimismo, la instancia internacional indaga si el noveno tribunal colegiado en materia administrativa ha tenido criterios ilegales en contra de los militares seropositivos, ya que ha dado fallo en contra en dos ocasiones.

 
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