Usted está aquí: jueves 20 de octubre de 2005 Política Plantea el IFE restringir las deudas de partidos

Aprueba nuevo reglamento comisión fiscalizadora

Plantea el IFE restringir las deudas de partidos

También propone revisar los gastos de precampañas

GEORGINA SALDIERNA Y ALONSO URRUTIA

Como parte de las medidas que adoptará el Instituto Federal Electoral (IFE) para realizar una mejor supervisión de los gastos que realizan los partidos políticos, la Comisión de Fiscalización aprobó un nuevo reglamento que prevé la revisión de los gastos efectuados en las precampañas.

El documento también regula los créditos que contraten los partidos, y obliga a éstos a presentar un reporte detallado de la propaganda que contraten en medios electrónicos, así como los espectaculares durante la campaña electoral.

El nuevo reglamento ya fue aprobado por la Comisión de Fiscalización y a finales de este mes será sometido a votación en el Consejo General del IFE.

Además de que los partidos políticos tienen la obligación de presentar un informe final de sus gastos, con la nueva reglamentación tendrán que proporcionar reportes anticipados parciales de sus erogaciones en propaganda electoral en medios electrónicos. Dichos informes deberán entregarse el 15 de abril, el 30 de junio y el 31 de julio.

Asimismo, a dos días de que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) dio a conocer los números telefónicos que utilizará para obtener financiamiento de particulares, la Comisión de Fiscalización aprobó en el reglamento la regulación de los recursos que sean obtenidos por este medio. Dicho servicio podrá ser utilizado por todos los partidos.

El proyecto de reglamento elaborado por la Comisión de Fiscalización del IFE establece restricciones para el endeudamiento de los partidos políticos e incorpora disposiciones para ampliar la fiscalización de campañas en lo concerniente a Internet y espectaculares.

Asimismo, replantea la forma en que deben informar de los gastos en medios electrónicos, por lo que todos los espots, inclusive los derivados de bonificaciones, deberán ser reportados en forma unitaria.

Impedir dinero sucio

En el documento, que será consultado con los partidos políticos, se destaca el hecho de que, para garantizar al máximo la procedencia lícita de los recursos de campaña, el IFE "remitirá a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda los nombres de todos los aportantes, así como los montos de sus aportaciones, que sean reportados en los informes anuales y de campaña, y podrá solicitar a dicha unidad cualquier información relacionada con las irregularidades detectadas".

El proyecto plantea que todos los partidos deberán remitir al presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores -a más tardar el 30 de enero de cada año- un escrito mediante el cual autoriza al IFE a obtener toda la información relativa a contratos, cuentas, depósitos, servicios y cualquier tipo de operación activa, pasiva
y de servicios, entre otros, que los partidos realicen o mantengan con cualquier entidad del sector financiero, así como para obtener las certificaciones que fueran necesarias.

De manera precautoria, con el propósito de prever, detectar y reportar actos y operaciones con recursos de posible procedencia ilícita a que se refiere el Código Penal Federal y las disposiciones en materia de instituciones de crédito, "tanto los candidatos como los partidos serán considerados personas políticamente expuestas y quedarán sujetos a la normatividad específica que se deriva de ese carácter".

Cabe destacar que el nuevo reglamento incorpora como forma de financiamiento las líneas telefónicas 01-800 y 01-900, con las restricciones que en su momento le fueron notificadas al PRD -instituto que promovió este esquema- y en el que, entre otras particularidades, obliga al partido a crear una cuenta específica para los recursos que obtenga por esta vía.

Además, incluye prácticamente todo el formulario que le remitió al PRD: reportar el contrato con 15 días de anticipación; que los aportantes tengan como límite la aportación de simpatizantes; que en todos los casos la tarjeta bancaria utilizada coincida con el nombre del aportante, y la emisión de recibos por cada depósito.

El IFE pretende aprobar el reglamento en la próxima sesión del Consejo General -a efectuarse el 31 de octubre- con la finalidad de que entre en vigor a partir del próximo primero de enero y que los informes acerca de las campañas electorales se sujeten a estas normas.

Asimismo, el IFE restringirá el endeudamiento de los partidos: el monto total del crédito tendrá como máximo la diferencia entre el total del financiamiento público anual aprobado para el partido en el año de que se trate y el financiamiento privado total que haya recibido en dicho año hasta la fecha de celebración de los contratos para financiamiento con crédito.

En ningún caso podrán ofrecer las prerrogativas como garantía, por lo que deberán soportar la deuda con sus bienes inmuebles. Precisa que los partidos no podrán adquirir acciones bursátiles.

Al referirse a los gastos de campaña, se ratifica la exclusividad de los partidos para contratar publicidad, así como la donación en especie en materia de gastos de radio y televisión, lo cual no anula las bonificaciones. Sin embargo, los partidos deberán presentar los contratos y las condiciones de bonificaciones, así como cualquier eventual modificación a los mismos.

Tanto en radio como en televisión deberá identificarse con exactitud el minuto y segundo de transmisión, así como el tipo de promocional, incluidos los derivados de bonificaciones.

Acerca de la publicidad en prensa escrita, ésta deberá contener siempre las leyendas: inserción pagada y responsable de la publicación.

El reglamento incluye el reporte de anuncios espectaculares, bardas (en ambos casos con ubicación, medidas y tiempo de utilización) y en páginas de Internet, así como la publicidad en salas de cine, con las precisiones del caso.

Todos los partidos deberán rendir informes anticipados el 15 de abril (que comprende el arranque de campaña: 19 de enero al 15 de marzo); el 30 de junio (del 16 de abril al 31 de mayo) y el 31 de julio (que reportará hasta el primero de junio).

 
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