Cualquiera puede ser acusado de terrorismo: legisladora
"Para quedar bien con EU", reformas penales en el Senado
Las reformas penales aprobadas el jueves por el Senado representan riesgos graves para los derechos civiles de los mexicanos, entre ellos que se juzgue como terroristas a estudiantes que lleven a cabo alguna protesta, a grupos en extrema pobreza que tomen algún almacén, y en general a los luchadores sociales, advirtió la senadora del PRD Leticia Burgos.
Fue la única que un día antes no avaló las modificaciones al Código Penal Federal y otras leyes en materia judicial por las que se tipifica la figura de "terrorismo internacional". Comentó que esas reformas estaban ya congeladas, pero de manera sorpresiva, en dos días se revivieron y aprobaron, seguramente "para quedar bien con Estados Unidos".
Deploró que no se haya valorado en el Senado, ni siquiera por la fracción del PRD, a la que pertenece, lo que implica esa reforma, que sanciona los actos de terrorismo internacional sin que exista una definición precisa de terrorismo, lo que lleva a que los gobiernos puedan aplicar de manera represiva esas normas contra la población civil.
Confió en que los diputados analicen a fondo y discutan la minuta que les llegará del Senado, a fin de incluir las modificaciones necesarias, por lo menos para acotar las implicaciones del artículo 139 del Código Penal Federal e impedir que en cualquier momento el Estado mexicano decida que algún dirigente social que protesta, toma una carretera o se planta afuera de alguna dependencia es terrorista.
Detalló que el martes la Comisión de Justicia presentó el dictamen en primera lectura y el jueves se aprobó. De todas formas, dijo, "alerté a los integrantes de la fracción perredista sobre el peligro de aprobar una iniciativa que sanciona el terrorismo internacional, cuando no hay una definición a nivel mundial sobre lo que es el terrorismo".
Una salida, dijo, son los cambios que planteó el jueves ante el pleno del Senado, y que fueron rechazados. Se trata de que al artículo 139 del Código Penal Federal se le hagan varios agregados.
Ese artículo señala que "se impondrá pena de prisión de seis a 40 años y hasta mil 200 días de multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten al utilizar sustancias tóxicas, agentes químicos, biológicos o similares, materiales radiactivos o instrumentos que emitan radiaciones, o armas de fuego o por incendio o inundación".
El agregado sería: "A quien realice actos en contra de las cosas o los servicios públicos, instalación o red, produzca o pueda producir un grave perjuicio económico, o bien realice esos y otros actos, destinados a causar la muerte o lesiones corporales a una persona. En ambos casos, cuando el propósito de dichos actos, por su naturaleza, sea menoscabar la autoridad del Estado y presionar a la autoridad para que realice un acto o se abstenga de hacerlo".