Usted está aquí: lunes 26 de diciembre de 2005 Opinión Responsabilidad hacendaria

Armando Labra M. / II y último

Responsabilidad hacendaria

Comentábamos hace ocho días sobre una ley que aprobó la Cáma-ra de Diputados con carácter de "bola rápida" en las últimas horas del periodo de sesiones y que habrán de sancionar los senadores el año entrante.

La Ley de Presupuesto y Res-ponsabilidad Hacendaria se inscribe dentro del marco de una política económica neoliberal aplicada dogmáticamente en nuestro país, que considera anatema cualquier desequilibrio presupuestal. Es decir, combate y anula de hecho la posibilidad de incurrir en déficit presupuestal.

El artículo 17 de la ley reza que el gasto propuesto por el Ejecutivo, el aprobado por los diputados y el que realmente se ejerza "deberá contribuir al equilibrio presupuestario". En su segundo párrafo señala que sólo "circunstancialmente las iniciativas de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos, debido a las condiciones económicas y sociales que priven en el país, podrán prever un déficit presupuestario". Se deberá justificar el monto, las razones excepcionales que justifiquen el déficit y el tiempo y acciones para que "dicho déficit sea eliminado y se restablezca el equilibrio presupuestario".

Con ello se fuerza a la política económica a operar en un sentido que los economistas denominan "pro cíclico", de manera que, por no poder incurrir en déficit, la economía acentuará su condición recesionaria permanentemente. Es ésta una disposición diríamos autocastrante, que ningún país aplica. Las economías con las que comerciamos, todas, no sólo no prohíben, sino lo emplean abiertamente como instrumento de política económica.

El caso más notorio es la economía estadunidense, que opera el déficit presupuestal más grande de su historia y de la economía mundial, lo mismo que la Unión Europea, donde el tope acordado de 3 por ciento del PIB como déficit es rebasado constantemente y oscila alrededor de 4 por ciento. Esas economías utilizan el gasto público y el déficit como instrumentos para garantizar el crecimiento y el empleo, metas que por lo visto no tienen relevancia política en México y quedarían anuladas de aprobarse la ley tal como está.

La concepción de la política económica expresada en la legislación que analizamos pareciera entrampada en el falso dilema de la insuficiencia de recursos presupuestales. Si hacemos la tarea y nos aplicamos a explorar las capacidades reales de financiamiento del desarrollo fácilmente podemos concluir que, en efecto, sí existen recursos suficientes para impulsar el crecimiento con desarrollo.

Basta observar los saldos superavitarios de la cuenta pública que trimestralmente publica la Secretaría de Hacienda, pero que desaparecen al cierre del ejercicio. En efecto, sea por subejercicios en el gasto del gobierno federal, por ingresos tributarios mayores a los previstos o por importantes ingresos petroleros extraordinarios a lo largo del año, se van generando superávit considerables, que por cierto deberían ser analizados por la Cámara de Diputados como responsable, por atribución constitucional, de la aplicación de esos recursos excedentes y de todos los dineros públicos.

Sin embargo, al final de cada ejercicio esos saldos positivos se destinan administrativamente por las autoridades hacendarias al pago de la deuda contingente, es decir, la que no ha aprobado el Congreso. Más aún, los términos de pago de la deuda interna contingente (Fobaproa, Pidiriegas, rescate carretero, etcétera) están convenidos a plazos notoriamente cortos, unos tres años en promedio. Con ello se restringe innecesariamente la disponibilidad de recursos líquidos para financiar otras prioridades nacionales.

La determinación de ampliar el espectro del financiamiento del desarrollo no es asunto técnico, sino eminentemente político. Construir una política económica destinada, por ejemplo, a producir para distribuir y exportar, con el fin de impulsar la producción, distribuir el ingreso, la riqueza y el bienestar, y generar divisas. La política económica da para eso y más, pero sería necesario tomar la decisión política de hacerlo. Técnica y financieramente es hoy absolutamente posible, pero resultaría mucho más complicado si se aprobara la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria tal como se ha sometido al Senado.

En conclusión, la iniciativa que aprobaron los diputados contribuye a minimizar la posibilidad de cualquier política económica alternativa o que al menos permita ampliar los márgenes de la actual. No sólo mantienen excluido al Poder Legislativo, sino imponen limitaciones graves al propio Poder Ejecutivo para disponer de instancias de política económica más abarcadoras de las prioridades nacionales y, al mismo tiempo, allanan el camino para reforzar su habitual discrecionalidad. En tal tesitura es imperativo que los señores senadores enmienden las ataduras y los retrocesos. Ojalá que al final del día prevalezca una visión respetuosa del Poder Legislativo y del futuro de la nación.

 
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