Usted está aquí: sábado 31 de diciembre de 2005 Política Estancada en EU, revisión de casos de mexicanos condenados a muerte

En 2004 la corte de La Haya ordenó reconsiderar las sentencias de 52; sólo han visto cuatro

Estancada en EU, revisión de casos de mexicanos condenados a muerte

Según datos de la cancillería hay 99 ciudadanos del país que podrían recibir la pena capital

JOSE ANTONIO ROMAN

A casi dos años de que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya dio la razón a México y ordenó a los tribunales de Estados Unidos revisar y reconsiderar las sentencias de pena de muerte contra 52 connacionales, apenas son cuatro los que se han beneficiado de dicha resolución; a dos les conmutaron el castigo por cadena perpetua y a los otros dos ya les fue aceptado el proceso de revisión.

De manera indirecta, otros tres mexicanos han visto suspendidas sus penas capitales, mediante una moratoria de ejecuciones impuesta por el estado de Illinois, y tres más se beneficiaron en 2005 con un fallo de la Suprema Corte de Justicia estadunidense, que determinó que no debían ser ejecutados quienes hubieran cometido los actos ilícitos imputados (homicidios) antes de haber cumplido 18 años.

En un proceso lento, la representación consular solicitó la revisión y reconsideración de otros 35 casos, respaldados por la sentencia definitiva e inapelable que la CIJ dictó el 31 de marzo de 2004, la cual obliga a los tribunales de Estados Unidos a revisar todos estos casos por haber violado el derecho de los inculpados a la información consular desde el momento de su captura.

Además de estos mexicanos que actualmente exigen la revisión de sus condenas, hay 99 que podrían recibir el castigo capital por estar sujetos a procesos penales, según datos de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

En el momento de la resolución de la CIJ había 52 connacionales condenados a muerte en Estados Unidos, ninguno de los cuales fue informado de sus derechos a la protección consular y se les condenó sin el beneficio de la asistencia diplompática, que estipula la Convención de Viena de 1963 sobre relaciones consulares.

Nueve de éstos eran adolescentes al momento de su arresto. Casi todos con escasa o nula educación formal y, por tanto, al momento de su aprehensión carecían de herramientas para solicitar la asistencia consular a que tenían derecho, la cual pudo significar la diferencia entre la vida y una condena a muerte.

En virtud de esa falta de intervención diplomática a que tenían derecho por ley, luego de ser detenidos y sometidos a un proceso penal, el Estado mexicano llevó su reclamo ante la CIJ, máximo órgano jurisdiccional de Naciones Unidas, instaurado en 1946 y con sede en la ciudad holandesa de La Haya.

En este proceso transcurrió casi un año luego de la resolución del denominado caso Avena -que lleva el nombre de Carlos Avena, primer mexicano invocado por su sentencia a la pena capital-, para que el 28 de febrero de 2005 el presidente George W. Bush recomendara a las cortes estatales tomar en cuenta dicho fallo y proceder a la revisión y reconsideración de las condenas de mexicanos.

Como resultado de la resolución de la Corte Internacional de Justicia y un fallo posterior de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos, en la que señala que los afectados podrían acudir a los tribunales de los estados para pedir el cumplimiento de la resolución de la CIJ, varios mexicanos incluidos en la demanda de México se han visto beneficiados.

El primero fue Oswaldo Torres, a quien el 13 de mayo de 2004 el gobernador de Oklahoma conmutó la pena de muerte por cadena perpetua, y en cuyo caso el 6 de septiembre del mismo año la Corte de Apelaciones Criminales de la entidad resolvió que se había causado perjuicio al connacional como resultado de la violación de su derecho a la notificación consular, consagrado en el artículo 36 de la Convención de Viena.

En el caso de Rafael Camargo Ojeda, sentenciado en 1998 a muerte en Arkansas, en agosto de 2004 la Corte Federal del estado conmutó la sentencia original por cadena perpetua, al determinar que los derechos del mexicano fueron violados por autoridades locales.

El caso del señor Moreno Ramos se vio favorecido por el fallo de la CIJ, al lograr impedir que se fijara fecha de ejecución y presentarse, el 30 de septiembre de 2004, un recurso extraordinario ante la Corte de Apelaciones Criminales de Texas, solicitando la revisión y reconsideración de su caso con base en la resolución de la CIJ.

El logro más reciente del caso Avena es el de José Ernesto Medellín Rojas, en el cual la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos, con base en el memorando del presidente Bush, decidió que el mexicano estaba en posibilidad de acudir a los tribunales de Texas para obtener la revisión y reconsideración de la pena capital. Así, el 14 de septiembre pasado la Corte de Apelaciones Criminales del estado celebró una audiencia en la que se presentaron argumentos orales.

En los mismos, el gobierno mexicano ha expresado que si bien se opone a la pena de muerte como una cuestión de principio, el objetivo del país al desarrollar su tarea de asesoría en materia de pena de muerte no es interferir con el sistema judicial estadunidense, sino asegurar que los connacionales reciban la protección a que tienen derecho.

 
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