Difieren IEDF y gobierno local respecto de la propaganda
Huchim: los partidos no han infringido el Código Electoral
El gobierno capitalino y el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) difirieron en la interpretación del Código Electoral respecto de la propaganda partidista colocada de manera irregular, luego de que el secretario de Gobierno, Ricardo Ruiz Suárez, solicitó al presidente del órgano autónomo, Javier Santiago Castillo, tomar las medidas necesarias para vigilar el cumplimiento de la reglamentación en la materia, con el propósito de resarcir los costos por el retiro de esos materiales.
En menos de un mes, del 5 de diciembre al 3 de enero, el Gobierno del DF gastó un millón 401 mil 347 pesos para retirar propaganda de lugares no permitidos, señala el oficio que Ruiz Suárez envió al titular del IEDF.
Para el consejero Eduardo Huchim May, presidente de la Comisión de Fiscalización del IEDF, el órgano electoral no está facultado para atender la solicitud del GDF, ya que no existe sustento legal para hacerlo.
Explicó que para imponer una sanción a un partido, el IEDF debe llevar a cabo el procedimiento previsto en el Código Electoral; en este caso, el artículo 148 bis establece los plazos para que los partidos retiren su propaganda, y "en este momento no están infringiendo nada".
Ricardo Ruiz, en su oficio se basó en los artículos 147 bis, 153, 154, 155 y 156 del Código Electoral, "para que, en su caso, se tomen las determinaciones a que haya lugar". El primero define lo que es la propaganda electoral, mientras que los tres siguientes se refieren a los sitios en los que está permitido colocarla y donde está prohibido, pero no se hace mención a vialidades primarias.
Huchim May consideró que el gobierno capitalino tendría que apoyarse en otros ordenamientos para sancionar a los partidos por colocar propaganda en sitios prohibidos, o revisar el acuerdo que hace unas semanas signó con PAN, PRI, PRD y PVEM en la materia.
El artículo 148 del Código Electoral establece que la propaganda electoral, "una vez terminadas las precampañas y campañas que realizan los partidos políticos para elegir a sus candidatos deberá ser retirada por éstos a más tardar antes del inicio del registro de candidatos, tratándose de precampañas, y 30 días después de las elecciones, en las campañas". Puntualiza que, en caso de no hacerlo, se ordenará a las autoridades delegacionales el retiro "aplicando el costo de dichos trabajos a las prerrogativas del partido infractor".
De acuerdo con el artículo 143 del Código Electoral, el registro de los aspirantes a jefe de Gobierno comienza el 29 de marzo y concluye el 4 de abril; para diputados locales por mayoría y jefes delegacionales será del 29 de abril al 5 de mayo.
En el oficio que el secretario de Gobierno envió ayer al presidente del IEDF se anexa un informe de la Dirección de Limpia e Imagen Urbana, del que se desprende que el PRD fue el partido que más reincidió en colocar propaganda de manera irregular, en 29 vialidades, seguido por el PAN y el PRI, con 12 cada uno.