Usted está aquí: miércoles 11 de enero de 2006 Política Inaceptable, negar audiencia previa en expropiaciones: ministros

Discusiones en la Corte podrían concluir que el TLCAN es inconstitucional, advierten

Inaceptable, negar audiencia previa en expropiaciones: ministros

JESUS ARANDA

El pleno de la Suprema Corte comenzó la discusión sobre la viabilidad de que se aplique la garantía de audiencia "previa" en actos de expropiación y, con ello, la posibilidad de modificar la tesis de jurisprudencia del propio tribunal -que data de 1997- que señala que la audiencia en caso de expropiación es "posterior" al acto de aplicación. Al analizar la demanda contra el decreto de expropiación de cinco ingenios cañeros, hubo ministros que advirtieron que, en caso de que la Corte considere que lo establecido en el TLC con Estados Unidos y Canadá y en otros acuerdos comerciales debe aplicarse también en el país -como es el caso de la audiencia previa y el pago anticipado del predio antes de que se consume la expropiación-, la Corte tendría que analizar también que dichos acuerdos comerciales son contrarios a la Constitución y, por tanto, tendría que declararse su ilegalidad, lo que provocaría su anulación.

De acuerdo con los argumentos esgrimidos en la sesión de ayer, al menos cinco ministros -Genaro Góngora Pimentel, Juan N. Silva Meza, José de Jesús Gudiño Pelayo, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Margarita Beatriz Luna Ramos- adelantaron que es inaceptable que exista discriminación en perjuicio de los ciudadanos mexicanos -a quienes la ley no les otorga la audiencia previa-, en detrimento de los extranjeros, quienes sí tienen contemplada esa garantía en los acuerdos comerciales que datan de 1994.

Según este criterio, la Corte tendría que amparar a los representantes y propietarios de Fomento Azucarero del Golfo, Banco Internacional, María Teresita Machado Castillo, Ingenio José María Morelos e Ingenio La Margarita contra el decreto expropiatorio de ingenios azucareros del 8 de enero de 1982, fecha en que, por cierto, fueron 27 los ingenios expropiados.

Aguirre Anguiano dijo que se deben endurecer las reglas de expropiación antes de afectar la propiedad privada, y subrayó que la crisis en la industria azucarera se debe a la falta de una política pública adecuada.

El proyecto de dictamen de uno de estos asuntos fue presentado por Juan Díaz Romero, quien propuso a sus compañeros negar el amparo solicitado porque los demandantes no justificaron que el acto de aplicación no haya sido debidamente fundado y motivado por el quejoso. Consideró que sería muy peligroso que el máximo tribunal se plegara a lo establecido en tratados y convenios comerciales -en materia de audiencia previa-, y que en todo caso lo que tendría que hacer la Corte es decretar la inconstitucionalidad de dichos acuerdos.

Sin embargo, dejó en claro que este tema en concreto no debía abordarse, "porque no forma parte de la litis", y que su postura era que no se revisara la tesis vigente.

Los otros ministros que participaron esbozaron apenas su argumentación, aunque José Ramón Cossío sostuvo que él sí era partidario de revisar la tesis referida, debido a que, a diferencia de 1997, hay tres nuevos ministros que no han fijado su postura. En ese caso estarían Margarita Beatriz Luna Ramos, quien dijo estar en favor de modificar la tesis; mientras Sergio Valls, si bien aceptó que los citados tratados son discriminatorios, dijo que "no es momento de discutir la tesis de la Corte".

Guillermo I. Ortiz Mayagoitia alertó sobre el trato discriminatorio para los mexicanos en materia de expropiación, a la luz de los tratados internacionales firmados por el país y, aunque en 1997 votó en favor de la audiencia posterior, ayer dijo que seguiría el pulso de la discusión y los argumentos para fijar una postura. Sin embargo, comentó que si en México se aplicara la audiencia previa, la justicia federal no se enfrentaría a los casos de inejecuciones de sentencia, que las más de las veces tienen que ver con el incumplimiento de sentencias derivadas de actos de expropiación. Dijo que sería sano que la legalidad de los actos expropiatorios se concretara antes de la medida y no después, además de la conveniencia de que se pagaran las indemnizaciones antes de que se consume la acción.

Participarán en la sesión del próximo jueves Olga Sánchez Cordero y el ministro presidente, Mariano Azuela.

La importancia de determinar si se violó la garantía de audiencia previa radica en que, si el pleno determina que así ocurrió, se tendría que conceder el amparo a los quejosos -representados por un mismo despacho de abogados- y ya no sería necesario discutir otros aspectos de la demanda.

Pero si prevalece el criterio de que la tesis de la Corte aún rige, el pleno continuaría la discusión sobre otros aspectos del decreto que impugnan los quejosos.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.