La declara reservada o confidencial; contraviene la ley
Cierra el TEDF acceso a su información financiera
El pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) llevó al extremo la clasificación de la información reservada o confidencial, y ubicó en este apartado datos como la nómina de este órgano autónomo, la lista de los bienes muebles e inmuebles que posee, el programa anual de adquisiciones, los vehículos utilizados por los servidores públicos e incluso la declaración patrimonial de sus funcionarios electorales, actuales y pasados, y que en algunos casos va contra lo establecido en la Ley de Transparencia.
De acuerdo con un acuerdo aprobado por el pleno del TEDF y publicado en su página de Internet, se da cuenta de 25 grandes rubros que estarán negados a los ciudadanos, y hasta se agrega la restricción al personal interno de que podrá acceder a ellos, pero sólo "para el debido cumplimiento de sus funciones".
Así por ejemplo, califica como información reservada la "nómina detallada de los servidores públicos, así como recibos de pago", bajo el argumento de que contiene "datos de carácter personal".
También incluye en ese acuerdo "toda la información relacionada con los vehículos utilitarios de este órgano", y justifica así el Tribunal: "el hacer público esos datos puede poner en riesgo la seguridad de los servidores públicos que tienen asignadas dichas unidades".
Respecto a la reserva de todos los documentos relacionados con los bienes del Tribunal, el pleno de esta instancia consideró que "los mismos son adquiridos buscando las mejores condiciones, por lo que el proporcionar la información relacionada con los mismos puede generar una ventaja indebida".
En cuanto a las declaraciones patrimoniales de los miembros actuales y pasados del Tribunal, tanto la inicial, la anual y la de conclusión, entraron en la categoría de "confidencial", argumentando para ello que "se trata de información personal que no puede difundirse sin que medie consentimiento expreso de quien proporcionó los datos personales".
Del programa anual de adquisiciones del TEDF, se precisa que es reservado todo lo relacionado con el tema, toda vez que "es la base para la realización de las licitaciones y las estrategias para que el Tribunal adquiera los bienes que le permitan realizar sus funciones, por lo que de conocerse se estaría brindando una ventaja indebida a quienes con esta información se presenten a ofertar los bienes o servicios que se requieren".
Al comentar esta serie de reservas y clasificaciones, el diputado del PAN, Obdulio Avila Mayo, afirmó que al restringir información como la nómina o los bienes patrimoniales, el Tribunal violan el artículo 13 de la Ley de Transparencia, en donde se establece la "obligación de oficio" de que todos los entes públicos publiquen esos datos.
"No se cuál sea la prueba de daño que hizo el Tribunal para hacer semejante clasificación, pues van también en contra del principio de máxima apertura. Entiende que la declaración patrimonial o bien las pensiones alimenticias estén sujetas a la aprobación del funcionario referido, pero en los otros casos sí es grave el restringirla y ese órgano autónomo tendrá que explicar cuáles fueron los criterios jurídicos para definirlo así. Incluso, se me hace un retroceso más en materia de transparencia", comento.
De hecho, Avila Mayo -uno de los artífices de la Ley de Transparencia--consideró que la Contraloría Interna del TEDF debe investigar esa situación, pues está en contra de la ley, y exhortó finalmente al Tribunal a transparentar su información.