Usted está aquí: martes 21 de febrero de 2006 Política Consenso en la Corte para investigar la violación de garantías de Lydia Cacho

Ministros esperan la solicitud oficial de las cámaras del Congreso de la Unión

Consenso en la Corte para investigar la violación de garantías de Lydia Cacho

Advierten medios judiciales sobre la gravedad de las pláticas entre Mario Marín y Kamel Nacif

JESUS ARANDA Y ALFREDO MENDEZ

Dentro del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se conforma una opinión mayoritaria de que el máximo tribunal debe investigar la presunta violación de garantías individuales en el caso de la periodista Lydia Cacho Ribeiro por parte del gobernador de Puebla, Mario Marín Torres.

De acuerdo con información obtenida por este diario, los ministros de la Corte están a la expectativa de que alguna de las cámaras del Congreso de la Unión solicite la intervención de los magistrados con base en el artículo 97 constitucional, ante la evidencia de que el mandatario poblano incurrió en violación grave de garantías de la periodista, e incluso hay quien afirma que la respuesta del pleno será favorable.

De acuerdo con fuentes judiciales consultadas, la gravedad de los hechos revelados en la conversación entre Mario Marín y el empresario textilero Kamel Nacif Borge -sobre la detención y consignación penal de Lydia Cacho- es tal, que los ministros consideran que no pueden evadir su responsabilidad como garantes del respeto a las leyes.

Los funcionarios reconocieron que en marzo de 1996, cuando la Suprema Corte emitió su dictamen con motivo de la matanza de Aguas Blancas (ocurrida en junio de 1995), en el que concluyeron que el gobernador del estado de Guerrero, Rubén Figueroa Alcocer, había incurrido en violaciones graves en la matanza de 17 campesinos, el resolutivo del máximo tribunal fue ignorado por el presidente Ernesto Zedillo -quien fue el que solicitó la investigación-, lo que impidió que se ejercitara acción penal en contra de Figueroa.

En consecuencia, el pleno estableció candados a efecto de no aceptar de manera ''automática'' la petición del Ejecutivo federal, de alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, o de algún gobernador o legislatura local, de investigar presuntas violaciones graves a las garantías individuales, y dejar la última palabra a la Suprema Corte.

También, se dijo, ''los ministros aprendieron'' que no pueden dejar a la buena fe sus conclusiones, es decir, que en aquel caso, con el hecho de haberle notificado a Zedillo su dictamen éste actuaría en consecuencia y consignaría el expediente a la Procuraduría General de la República (PGR) para que ejerciera acción penal. Y por ello, en caso de que la Corte sea requerida en el caso de la periodista Lydia Cacho, los ministros se asegurarían de que su investigación tuviera una efecto concreto en caso de que fuera demostrada la responsabilidad de Marín.

En caso de que las cámaras de Diputados o de Senadores formalicen su solicitud a la Corte, dicha petición sería turnada a un ministro, quien se encargaría de elaborar un proyecto de resolución sobre la aceptación o no de la petición. El dictamen sería presentado ante el pleno, el cual por mayoría simple tomaría una resolución.

La Constitución prevé que la comisión investigadora que integre la Suprema Corte puede estar formada ya sea por ministros, por algún magistrado o juez federal.

Por otra parte, la mañana de ayer Javier Laynez Potisek, subprocurador de Asuntos Jurídicos e Internacionales de la Procuraduría General de la República, declaró que antes de que la Suprema Corte pueda analizar si atrae el caso de la periodista Lydia Cacho y la supuesta confabulación de autoridades de Puebla para perjudicar a la autora del libro Los demonios del edén, sobre prácticas de pederastia, existen ''medios de control jurisdiccional'' que deben desahogarse antes de que el máximo tribunal pueda conocer de este asunto.

En una reunión con reporteros, el funcionario refirió que experiencias anteriores hacen suponer que la Corte analizará ''con pinzas'' el tema, ya que ''la Constitución dice que (la Corte) puede ordenar una investigación judicial cuando hay delitos graves contra los derechos humanos, y ésta es facultad exclusiva de la SCJN que se le dejó en la reforma constitucional de 1995, pero es una facultad sumamente delicada''.

Agregó que si bien los ''medios de control constitucional'' pueden ser omitidos por la Corte, ''me parece que (los ministros) analizarán con pinzas el asunto, porque sólo en casos excepcionales, cuando ya se agotaron los medios jurisdiccionales y subsiste una duda fundada entre la sociedad, la experiencia nos ha dicho que la Suprema Corte ha aceptado''.

Finalmente precisó que se tiene la percepción errónea de que la Procuraduría General de la República atrae lo que quiere y cuando quiere, pero eso sólo se puede dar bajo ciertos supuestos, como la existencia de un delito conexo, y para la conectibidad hay reglas en el Código Federal de Procedimientos Penales. La atracción no es discrecional, precisó.

 
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