Usted está aquí: lunes 27 de febrero de 2006 Política Investigan actuación "discrecional" del responsable de la seguridad social militar

Ordenó que le fuera negado el servicio médico a la esposa de un mayor del Ejército

Investigan actuación "discrecional" del responsable de la seguridad social militar

JESUS ARANDA

La Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM) investiga al director general de Seguridad Social Militar, Alejandro Saavedra Hernández, por haber actuado en forma ilegal y discrecional al ordenar que le fuera negado el servicio de atención médica a una mujer embarazada, casada legalmente con un mayor del Ejército, con el argumento de que el esposo "no desea iniciar el trámite de afiliación de usted, por encontrarse en trámite el divorcio necesario".

De acuerdo con fuentes castrenses, no es el primer caso en el que el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM) rechaza atender a la esposa o hijos de un militar, con el pretexto de que el soldado ya los "desafilió" y, por tanto, no tienen derecho a esa prestación en los centros hospitalarios castrenses.

El caso de la mujer embarazada, al igual que otros similares que se han suscitado en los años recientes, dio lugar a diversas denuncias en contra del ISSFAM.

En esos casos la constante es la queja porque bastó la palabra del militar para "desafiliar" a esposa e hijos, sin cumplir con el requerimiento establecido en la ley de presentar cuando menos el acta de divorcio correspondiente o la documentación que acredite que sus hijos son mayores de edad y ya no son estudiantes regulares.

Ante esta situación, confirmaron fuentes militares, el alto mando del Ejército decidió investigar al general Saavedra Hernández, pero al mismo tiempo giró instrucciones a la PGJM para que revise la legislación vigente en materia de seguridad social, y así evitar que se sigan dando casos en que las concubinas de militares -sobre todo de oficiales- desplacen a las esposas e hijos legítimos sin acreditar la separación legal correspondiente.

Sin escuchar razones

De acuerdo con documentación en poder de La Jornada, el general brigadier Alejandro Saavedra Hernández emitió en febrero pasado un oficio, relacionado con una petición de atención médica de la esposa de un mayor, que por presentar problemas en su embarazo acudió a la Clínica de la Mujer de la Secretaría de la Defensa Nacional y fue prácticamente sacada del consultorio en que era atendida cuando los médicos de guardia se dieron cuenta de que su esposo le había retirado la afiliación.

Pese al estado delicado en que se encontraba la mujer, los médicos de la Clínica de la Mujer no escucharon razones y se negaron a atenderla.

El oficio, cuya fecha, número y nombres de las personas involucradas se omite para evitar represalias en contra de la demandante, está fechado en Lomas de Sotelo y lleva el sello de la Dirección General de Seguridad Social Militar.

El director general de Seguridad Social Militar señala que, "en relación con su solicitud de fecha..., y en observancia del artículo 8 de la Constitución política y el 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se comunica a usted que no es posible acceder a su solicitud, en el sentido de afiliarla como derechohabiente del mayor (..), ya que los trámites para la afiliación de beneficiarios y derechohabientes ante el ISSFAM los debe realizar el propio militar, acreditando dicha situación con los medios de prueba que establecen las leyes".

En el presente caso, subraya el escrito, el mayor (...) "manifestó que no desea iniciar el trámite de afiliación de usted, por encontrarse en trámite el divorcio necesario".

Es decir, el general Saavedra se escudó ilegalmente en el dicho del mayor (...) para no prestar atención médica a la esposa de éste, sin que el militar enseñara la documentación que avalara que efectivamente hay un proceso de divorcio.

Además, violó flagrantemente la ley, porque en todo caso tenía que haberse esperado a que el oficial entregara el acta de divorcio correspondiente. Por si fuera poco, la mujer tenía menos de un mes de haberse separado voluntariamente del Ejército y ni así fue atendida, pese a que la ley concede tres meses de servicio médico después de la separación voluntaria a quien deja las filas del Ejército Mexicano.

 
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