El descuido de Carlos Yarza permitió que un presunto homicida eludiera la justicia
Ratifican sanción a juez del DF que dio por prescrito un delito vigente
El Consejo de la Judicatura del Distrito Federal (CJDF) ratificó que Carlos Yarza, juez 46 de lo penal con sede en el Reclusorio Norte, incurrió en irregularidades administrativas al determinar, de manera incorrecta la prescripción de un delito. La acción del juzgador local benefició a un presunto homicida, que fue liberado al quedar cancelada la orden de aprehensión que enfrentó durante 18 años.
Aun cuando el juez interpuso el año pasado y ganó un amparo de la justicia federal para evitar pagar una multa que el CJDF le impuso desde 2004, el órgano jurisdiccional confirmó la semana pasada su resolución sancionadora.
Por cinco votos a dos, el consejo determinó que Yarza Carranza transgredió la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (LFRSP) y la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, debido a que desacató varios artículos del Código Penal para el DF vigentes en 1985 y declaró la prescripción del delito de homicidio "que a la fecha actual no ha transcurrido, sino que ocurriría el 9 de noviembre de 2014, y esta disposición (judicial) resultó benéfica para el inculpado Francisco Javier Sandoval Calderón; (...) además de que la negligencia y descuido (del impartidor de justicia) permitió que el indiciado eludiera la acción de la justicia".
En consecuencia, el órgano colegiado impuso al impartidor de justicia del Poder Judicial del Distrito Federal una multa equivalente a 50 días de salario que el juzgador percibió durante 2003, y que de acuerdo con fuentes judiciales alcanzaría 25 mil pesos; no obstante, el juez podrá recurrir a un nuevo juicio de amparo.
El caso tuvo origen en 1985 y lo hizo público La Jornada en febrero de 2004, cuando se dio a conocer que el juez Yarza fue acusado penalmente debido a que favoreció a Sandoval Calderón, detenido 18 años después de ocurrido el asesinato que se le imputa, pero fue liberado porque el impartidor de justicia determinó la prescripción del delito días antes de ser aprehendido el inculpado.
El año pasado, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) determinó no ejercer acción penal contra Yarza Carranza, quien fue denunciado penalmente en octubre de 2003, bajo el número de averiguación previa FSP/BT3/2123/03-10.
Dicha querella fue presentada por Alfonso Mejía Hinojosa, hermano de Modesta Mejía Hinojosa, asesinada en la capital del país el 9 de noviembre de 1984, presuntamente a manos de su ex cuñado Francisco Javier Sandoval Calderón.
Fuentes judiciales indicaron que para el juzgador local aún existe el riesgo de que sea destituido, si los familiares de la víctima interponen y obtienen ante la justicia federal un amparo indirecto contra la negativa de la PGJDF de pedir la orden de aprehensión contra el juez.
A Sandoval Calderón también se le acusó de haber lesionado de gravedad a Aurora Hinojosa Ramírez, madre de la ahora occisa, a quien intentó matar porque estuvo presente mientras asesinaba a Mejía Hinojosa, y no quería dejar testigos.
En entrevista, Alfonso Mejía indicó que la resolución del CJDF evidencia que hubo una acción "premeditada" del juez para beneficiar al presunto homicida, y deja al descubierto un posible "acto de corrupción" de autoridades judiciales y ministeriales del Distrito Federal.
Pidió que se castigue penalmente a Yarza y que por la vía de la justicia federal se ordene reabrir el expediente del homicidio de su hermana, a fin de que pueda decretarse nula la resolución de la prescripción del delito de homicidio imputado a Sandoval Calderón.
Al resolver, por segunda ocasión el recurso de queja 213/2004, del cual posee copia La Jornada, el CJDF determinó que el juez incumplió con la obligación que le impone el artículo 47 de la LFRSP, y que es salvaguardar el principio de legalidad; además de que faltó a la protesta que hizo al asumir el cargo de juzgador, la cual lo obliga a respetar y hacer respetar las leyes.
Entre las irregularidades que según el órgano colegiado cometió Yarza Carranza destaca tomar determinaciones jurídicas que no podía haber efectuado al haber reclasificado el delito de homicidio calificado por el de simple, lo cual benefició a Sandoval Calderón.