Por tres votos contra dos determina que el asunto incumple características de importancia
No atraerá la Corte recurso de Infored contra GRC
En votación dividida (tres contra dos), la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió ayer no atraer el recurso de revisión planteado por Infored contra Grupo Radio Centro (GRC), por considerar que el asunto no cumple las características de importancia y trascendencia que establece la Constitución.
El voto definitivo fue el de la ministra Olga Sánchez Cordero, quien al inicio de la sesión pública había planteado un impedimento para conocer del tema, en virtud de que tiene "amistad estrecha" con la familia Aguirre, propietaria de GRC. Finalmente se acordó que no se trataba de que la Corte determinara cuál de las partes tiene la razón, sino únicamente definir si procedía la atracción solicitada, por lo que no había lugar al impedimento.
La mayoría, integrada por Juan N. Silva Meza, Sergio Valls y Olga Sánchez Cordero, desechó los argumentos de Cossío y Gudiño Pelayo -quienes en sesión anterior propusieron que la Corte conociera del asunto, en lugar del tribunal colegiado al que le correspondía-, por considerar que ni la posible interpretación de diversos artículos del reglamento de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, sobre todo los que tienen que ver con la obligatoriedad del laudo y la oportunidad de las objeciones que las partes presenten durante el procedimiento, son cuestiones que deban analizarse desde una perspectiva de constitucionalidad.
Además, si bien se trata de analizar la validez de un laudo internacional -en el que se dio la razón a Infored-, es una controversia entre dos empresas mexicanas, por lo que la eventual decisión de este caso no impactará en las relaciones jurídico comerciales internacionales ni en la seguridad jurídica en México.
"El asunto debe ser resuelto por el tribunal colegiado de circuito, que ya había señalado que no revestía de características constitucionales de importancia y trascendencia", dijo Silva Meza.