Divide a ministros deducción de valor de inventarios
Los ministros de la Corte coincidieron ayer en la ventaja que representan los artículos 29 fracción II, 45-A y 45 I, tercero transitorio fracciones IV y V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que permite a la deducción del valor de adquisición de los inventarios de quienes tienen actividad empresarial. Sin embargo, sostuvieron puntos de vista contrarios respecto a si dicha medida debe aplicarse únicamente a las personas físicas con actividad empresarial o también a las morales y que no tengan que esperarse a realizar la venta de sus inventarios hasta el momento en que realicen su venta. Al iniciar ayer la revisión de ocho amparos, que impactarán directamente en el destino de más de 8 mil recursos de este tipo que impugnan la constitucionalidad de los artículos referidos. Hubo 4 ministros (Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Genaro Góngora Pimentel, Juan Díaz Romero y Sergio Valls) que se pronunciaron por negar el amparo solicitado, en razón de que no se acredita que la decisión del legislativo de no aplicar la citada normatividad por igual a personas física y morales, no significa que se viole el principio de equidad.