Católicas
por el Derecho a Decidir
Estado laico y derechos de las mujeres
Por
María Consuelo Mejía
*
En
lo que tiene que ver con la protección y garantía de
los derechos humanos de las mujeres, en México estamos viviendo
un momento de importantes definiciones. No solamente por el caldeado
proceso electoral, sino porque los fundamentalismos de derecha han
ganado importantísimas posiciones que ponen en riesgo el
ejercicio de estos derechos.
En este contexto, el carácter laico del Estado mexicano es la
condición imprescindible para la protección de las garantías
individuales de todas las personas y para el pleno ejercicio de la ciudadanía
de las mujeres.
Afortunadamente, la Constitución y las leyes respaldan estas garantías.
De lo que se trata es que en realidad se respeten y se cumplan. Nos referimos
a los artículos 3º y 4º y a las garantías individuales
consagradas en nuestra Carta Magna, que hoy demandamos se promuevan y
protejan. La dignidad humana exige que se respete por igual la conciencia
y la libertad de toda persona, lo que significa llanamente que nadie
puede decidir por otra persona ni imponerle sus convicciones. Las experiencias
de silencio y exclusión que hemos vivido las mujeres católicas
deben servir como ejemplo.
Además de mantener una nítida separación entre el
Estado y las iglesias, el laicismo implica el reconocimiento de la soberanía
popular y de la igualdad jurídica de ciudadanas y ciudadanos ante
la ley, así como la libertad de conciencia, la libertad de pensamiento,
de creencias, de culto, expresión y de asociación. De aquí se
desprende la libertad de decisión sobre el propio cuerpo y el
derecho a decidir en todas las esferas de la vida privada: el dominio
sobre el propio cuerpo es un principio de libertad sin el cual son imposibles
el ejercicio de la ciudadanía y la democracia.
Se trata pues de pugnar por el estado de derecho y por un régimen
de libertades básicas que reconozca y respete la pluralidad política
y religiosa, la multiculturalidad étnica y racial, la diversidad
sexual y la autonomía individual.
Por las razones expuestas, proponemos:
• Introducir el concepto de la laicidad del Estado en el texto constitucional.
• Ampliar
el Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público de manera que se garantice la laicidad del Estado, estableciendo
mecanismos de sanción a los funcionarios y funcionarias, así como
a los ministros de culto que violen esta Ley.
• Armonizar
la legislación en el ámbito federal y local
con los convenios internacionales y demás instrumentos de derechos
humanos firmados por México en materia de equidad de género,
derechos y no discriminación.
• Instrumentar
efectivamente las recomendaciones de las Plataformas de Acción de Cairo y Beijing, así como las Metas de Desarrollo
del Milenio, con el objetivo de mejorar las condiciones para el ejercicio
de los derechos sexuales y los derechos reproductivos, confiriéndole
especial atención a la dignificación de una maternidad
sin riesgos, saludable, elegida y feliz, que frene los altos índices
de mortalidad materna que todavía prevalecen y mejorando el acceso
de las mujeres al aborto seguro en los casos que permite la ley.
• Especificar
la preferencia sexual como factor de no discriminación,
en el Artículo 1° constitucional; legislar en concordancia
con la propuesta de Ley de Sociedades de Convivencia en el ámbito
federal y local y promover el combate a la homofobia a través
de políticas, programas y campañas educativas.
• Fortalecer
la educación laica y gratuita dirigida a la formación
de una ciudadanía respetuosa de las diferencias, tolerante, libre
de prejuicios, opuesta al estigma y la discriminación, conocedora
y defensora de sus derechos civiles, con conciencia ética y abierta
a los avances científicos y las transformaciones culturales.
• Establecer
un programa de educación sexual integral adecuado
a todos los niveles escolares, dirigido a la formación de generaciones
de jóvenes responsables de su vida y de sus decisiones, de manera
que puedan disfrutar de su sexualidad con placer y armonía, defendiendo
sus derechos y previniendo efectivamente la pederastia, el abuso sexual,
los embarazos no deseados y las infecciones de transmisión sexual.
Integrar a este programa la experiencia de las ONG en cuanto a producción
de materiales y capacitación y lanzar campañas de educación
sexual en los medios de comunicación con énfasis en el
uso del condón.
Los derechos civiles, sólo garantizados a través del Estado
laico, son aspiraciones éticas, en el sentido de que representan
modelos de relación humana, y también implican un compromiso
del Estado. Es indispensable que éste los proteja, y que no admita
ninguna imposición que los vulnere. En el marco de los derechos
civiles no hay privilegios ni jerarquías: todas las personas valen
lo mismo, no hay grados de humanidad, todas tienen el mismo derecho a
conducir su vida de la manera que elijan, respetando el derecho de las
demás. El límite del derecho a decidir está en el
derecho de los demás.
El respeto al derecho ajeno es la paz
* Directora de Católicas por el Derecho a Decidir, AC. Agradezco
a mis colegas del Frente por la Cultura Laica por su generosa contribución
para la elaboración de este texto.
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