Apelan contra la exoneración de Onésimo Cepeda
El representante legal de la actriz Jesusa Rodríguez y la escritora Liliana Felipe, Jaime López Vela, promovió un recurso de inconformidad ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) contra la resolución del Ministerio Público (MP) que declaró el no ejercicio de la ación penal contra el obispo de Ecatepec, Onésimo Cepeda, acusado por las intelectuales de violar la Ley de Asociaciones Religiosas, que prohíbe a los ministros de culto realizar proselitismo en favor o en contra de cualquier candidato o partido político.
De acuerdo con el recurso interpuesto, dicha resolución es infundada y se basa en una "apreciación errónea", toda vez que el propio Onésimo Cepeda Silva expresó ante el Ministerio Público que sí realizó la declaración que motivó la averiguación previa 33/DGAPMDE/FEPADE/2006, dichos que fueron publicados por este diario el pasado 18 de diciembre.
En esa ocasión, el obispo ecatepense calificó de "estupidez" las críticas que hizo el candidato presidencial de la coalición Por el Bien de Todos (PRD-PT-Convergencia), Andrés Manuel López Obrador, al Instituto Federal Electoral, y dijo al perredista: "la estás regando. No la riegues porque te vas a quemar". En cambio, se refirió a los abanderados de otros partidos como "candidatos de altura".
Aunque la defensa de Jesusa Rodríguez y Liliana Felipe reconoce que las declaraciones del prelado no se realizaron en un acto propio de su culto religioso, como establece el artículo 404 del Código Penal Federal, no se tomó en consideración el artículo 130 de la Constitución, que señala que "los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo en favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna".
De acuerdo con el escrito presentado por el abogado López Vela, un ministro de culto debe abstenerse de participar en la vida política del país, sea cual sea su religión, además de que no debe hacer manifestación alguna en favor de algún partido o candidato.