Afectados tienen un año para ejercer ese derecho
Insta la Profeco a denunciar los fraudes de inmobiliarias
Ante la cascada de fraudes cometidos por inmobiliarias en la ciudad de México, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) instó a los condóminos afectados a presentar ante el organismo las quejas correspondientes con prontitud para hacer valer la Ley de Protección al Consumidor, pues sólo cuentan con un plazo de un año para el ejercicio de este derecho.
Como una medida preventiva, el director de Contratos de Adhesión Registro y Autofinanciamiento, Enrique Guadarrama, recomendó a quienes estén pensando en adquirir un inmueble mediante el esquema de pre-venta exigir a las constructoras el contrato de adhesión con la Profeco para mantener a salvo sus garantías como consumidor, pues es recurrente que muchas de estas compañías efectúan contratos ad oc para diluir sus responsabilidades.
Luego de reconocer que el incumplimiento en los contrato de compraventa en la industria inmobiliaria se ha convertido en un problema serio en la capital del país, el servidor público explicó que de acuerdo a la ley de protección al consumidor, las personas inconformes con el bien adquirido tienen 12 meses para presentar su querella ante esta institución.
"El plazo empieza a correr desde el momento en que se recibe el inmueble y la denuncia se puede presentar en cualquier delegación de la Profeco a través de un escrito en el que se detalle el incumplimiento, y la presentación de todo tipo de pruebas que acrediten que el producto entregado no es el que ofrecieron", dijo al asegurar que por su parte esta dependencia también está obligada a hacer las indagatorias correspondientes.
Autor del libro La protección jurídica de los consumidores en materia inmobiliaria, editado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM y la Profeco, el funcionario recordó que a raíz del aumento en el número de quejas, hace dos años se hizo una modificación a la ley de protección al consumidor, en la que se incluyó un capítulo especial para el ramo inmobiliario.
"Desde entonces -agregó- los proveedores están obligados a hacer un contrato de adhesión a la Profeco, y si bien al principio se inconformaron e impugnaron la reforma, en junio del 2005, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de la Procuraduría y determinó que no hay pretexto para que las inmobiliarias no cumplan con este requerimiento".
Dijo que con ello la Profeco puede efectuar una suerte de revisión del inmueble que se recibe, y se mantiene a salvo un esquema de garantías para el consumidor. "Si en el transcurso de un año se detectan vicios ocultos en la construcción, la empresa está obligada a repararlos, pero si la situación es aún más grave, se podría llegar a la rescisión del contrato en beneficio del comprador", subrayó.
Aclaró que aun cuando no exista un contrato de adhesión, la Profeco también está facultada para intervenir, con el agravante en contra de la inmobiliaria que está incumpliendo la ley. "La adhesión lo que hace es agilizar el trabajo, porque existen cláusulas específicas a las que tiene que dar cumplimiento los proveedores".