Usted está aquí: miércoles 24 de mayo de 2006 Política Cancela el TEPJF espots de AN que denigran a AMLO

Ofensivo y falso decir que es ''un peligro'', determina

Cancela el TEPJF espots de AN que denigran a AMLO

ALONSO URRUTIA

Por considerar que el propósito central de los espots del Partido Acción Nacional (PAN), relacionados con el candidato de la coalición Por el Bien de Todos, Andrés Manuel López Obrador, ''tienen como objeto la ofensa o la denigración'' del aspirante, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó el retiro inmediato de tres mensajes del blanquiazul. De igual forma llamó al panismo a abstenerse de utilizar la frase ''Andrés Manuel es un peligro para México''.

En un revés para el PAN, e igualmente al Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), que había calificado los espots de ejercicio de la libertad de expresión, los magistrados votaron unánimemente para establecer que los mensajes panistas ''no son aptos ni idóneos para fomentar el voto racional del electorado, ni coadyuvan a una mejor comprensión de las propuestas de los candidatos contendientes o a la valoración de sus propuestas para solucionar los problemas nacionales''.

Aunque los mensajes panistas se encuentran fuera del aire desde el mismo día en que la mayoría de los consejeros aprobaron su legalidad, la decisión de los magistrados fijó criterios para sancionar los espots actuales que revisa la Junta General Ejecutiva, y para los que se realicen a futuro. Mañana, el Consejo General del IFE -que había votado en favor de la campaña blanquiazul- tendrá que votar un nuevo proyecto cuyo contenido ordena el retiro del mensaje panista relacionado con los linchamientos en Tláhuac y Tlalpan, lo que harán bajo estos nuevos criterios.

Al justificar el proyecto de resolución que elaboró, el magistrado Alejandro Luna Ramos destacó que los mensajes estaban dirigidos a denostar la figura de un candidato, lo que cobra relevancia en el derecho del ciudadano de recibir información. ''Hay una reiterada situación, sobre todo cuando se dice que Andrés Manuel López Obrador es un peligro para el país, y que además de esta situación su actuar sería una catástrofe, pues casi se le pone como otro jinete del Apocalipsis.''

Este martes, el TEPJF también resolvió sobre el recurso de la coalición Por el Bien de Todos en contra de los promocionales de la Alianza por México, en los que Roberto Madrazo emplazaba a debatir a López Obrador. En este caso, la decisión fue dividida y versó en ordenar el retiro de la frase "mentir es un hábito para ti''.

Si bien el fallo más esperado era el relativo a los promocionales del PAN, que resultaron los más polémicos, fue al desahogar el recurso contra la Alianza por México donde se establecieron criterios. Fue en este debate donde los magistrados Alfonsina Bertha Navarro, el presidente Leonel Castillo y el propio Luna Ramos, destacaron que en este dilema no estaban en juego sólo dos derechos: el de la libertad de expresión y a la dignidad de no ser calumniado ni injuriado, sino existe un tercero: ''El derecho a la información del ciudadano''.

Al respecto, Castillo destacó que no basta atribuir un hecho a alguien, porque eso podría llevar a invenciones en contra de un candidato, sino que además ese hecho debe estar basado en elementos razonablemente creíbles y susceptibles de ser verdaderos para poderlos difundir. Esto es, los promocionales deben tener un canon de veracidad, porque la ciudadanía tiene el derecho de exigir que lo que se le presente sea veraz, por lo que si no se cumple y existen consecuencias desproporcionadas, se afecta a la ciudadanía y su derecho a la información.

Castillo fue a más en la descalificación entre candidatos: ''Si unos y otros se demonizan, porque uno pone como demonio al otro, y éste también lo hace, entonces, ¿quién quiere participar en ese infierno? De lo que se trata es de que haya un debate civilizado y que tenga principios de racionalidad''.

Fue Navarro quien expuso más a fondo los criterios relacionados con la libertad de expresión, que si bien se plantearon durante el debate de los promocionales de Madrazo, fueron la base para ordenar el retiro de los espots panistas. La magistrada dijo que la libertad de expresión está limitada en materia electoral, pues el legislador restringió la posibilidad de manifestaciones que impliquen ofensa o demérito de partidos o candidatos como la diatriba, calumnia, injuria, infamia y difamación para salvaguardar el propio sistema de partidos.

En el caso del espot de Roberto Madrazo -donde el proyecto de resolución fue derrotada, pues sugería validar los promocionales de la Alianza por México-, Navarro destacó que a partir de una frase de Andrés Manuel López Obrador sobre los debates no se puede concluir que es un mentiroso y que es un candidato no creíble. Al sugerir esa conclusión se incurre en una frase desproporcionada y un calificativo que violenta la ley, por lo que pidió el retiro de ''mentir es un hábito para ti''.

 
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