Usted está aquí: jueves 8 de junio de 2006 Política La Constitución impide a la PGR actuar contra Fox: Cabeza de Vaca

Nada prohíbe investigar al Ejecutivo por un posible delito, aseguran magistrados

La Constitución impide a la PGR actuar contra Fox: Cabeza de Vaca

Ya se integra la averiguación por denuncias de PRI y PRD, según el procurador

Ambos partidos acusan a Los Pinos de hacer proselitismo en favor de Felipe Calderón

ALFREDO MENDEZ Y JESUS ARANDA

La Procuraduría General de la República (PGR) no investigará al presidente Vicente Fox Quesada, a pesar de las denuncias penales que presentaron en su contra -en mayo pasado- los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI) por intervenir en el proceso electoral en favor del candidato presidencial panista Felipe Calderón Hinojosa, debido a que la Constitución impide al Ministerio Público Federal actuar para que el titular del Poder Ejecutivo "sea objeto de alguna acusación", señaló ayer el titular de la dependencia, Daniel Cabeza de Vaca.

Sin embargo, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazaron la versión del procurador y precisaron que el que no haya precedente no implica que el encausamiento no pueda llevarse a cabo.

Es más, subrayaron, al haber una denuncia en contra del Ejecutivo federal, en todo caso el Ministerio Público debe realizar una indagatoria para establecer si los delitos que se le imputan son o no graves, y de ahí la procedencia de un eventual enjuiciamiento en su contra, "porque de otra manera, si no se investiga, ¿cómo se va a determinar si el delito que se le imputa es grave?"

En caso de que el Ministerio Público considere que la demanda es improcedente, tiene la obligación de fundar y motivar su resolución, agregaron los entrevistados, quienes señalaron que la parte quejosa tiene como última alternativa la posibilidad de presentar un juicio de amparo por el no ejercicio de la acción penal.

En ningún artículo de la Constitución, subrayaron los entrevistados, se dice que el presidente de la República no puede ser investigado por la comisión de un presunto delito, indicaron los ministros.

En conferencia de prensa, Cabeza de Vaca intentó dar una explicación puntual sobre los requisitos que establecen cuatro artículos de la Constitución para desaforar y ejercitar acción penal contra un presidente de la República, con el propósito de justificar el hecho de que no se citará a Fox ni se procederá en su contra por las citadas denuncias.

"El presidente Fox, por su alta investidura, no puede ser citado. Eso está muy claro en el artículo 108 de la Constitución. Sólo puede ser investigado por el Congreso, y creo que eso basta con ver los artículos 108, 109, 110, 111 de la Carta Magna, para saber cuál es el estatus del primer mandatario de la República", puntualizó.

Agregó que "la investigación (sobre la querella del PRD y PRI) se está integrando y, de ser necesario, se le pedirá un informe por escrito al ciudadano Presidente, pero no puede ser investigado, ni puede ser objeto de acusación de la procuraduría. Eso es muy claro en la Constitución".

-¿Se exhortará al titular del Ejecutivo federal a que rinda testimonio por escrito? -se le preguntó.

-Cabría solicitarle algún tipo de información, nada más -respondió el funcionario.

-¿Se va a hacer eso?

-Dependerá de lo que juzgue necesario la fiscalía que está conociendo de la denuncia; no lo tenemos todavía previsto, se está integrando la averiguación previa.

Por la tarde, el departamento de comunicación social de la PGR difundió un documento de contenido jurídico en el que se explican los casos en los que un presidente de la República puede ser sujeto de una declaración de procedencia para retirarle la inmunidad procesal constitucional (fuero) y ejercitar acción penal en su contra.

 
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