Negó la Suprema Corte un amparo a Iusacell
La primera sala de la Suprema Corte negó ayer un amparo a la empresa Iusacell, la cual pretendía quedar exenta del pago del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS).La empresa de telefonía había solicitado al máximo tribunal que le fueran aplicadas las fracciones IX y X de la Ley del IEPS que señala: "No se pagará el impuesto establecido por la prestación de los siguientes servicios..., por uso de radiotelefonía celular estipulada bajo el sistema de pre pago y cuyo monto sea igual o menor a 3.50 pesos por minuto de tiempo aire". Al resolver el amparo en revisión 650/2006, los ministros de la primera sala rechazaron los argumentos de la telefónica, la cual consideraba que la concesión para proveer los servicios consistentes en servicio local de telefonía inalámbrica fija o móvil, la comercialización de la capacidad de la red para la emisión, transmisión o recepción de signos, señales escritas, imágenes, voz, sonido o información de cualquier naturaleza y el acceso a la red de datos, videos, audio y videoconferencias le permitían el no pago de impuestos en ese renglón.