Usted está aquí: viernes 11 de agosto de 2006 Política Condenan a 25 años de cárcel a 32 tzotziles por caso Acteal

La sentencia no considera "culpa del Estado" en la matanza

Condenan a 25 años de cárcel a 32 tzotziles por caso Acteal

Pena mínima contemplada en la ley: Centro Fray Bartolomé

ELIO HENRIQUEZ CORRESPONSAL

San Cristóbal de las Casas, Chis., 10 de agosto. El juez segundo de distrito, José Luis Martínez Luis, condenó a 25 años de cárcel a 32 tzotziles involucrados en la matanza de 45 indígenas en la comunidad de Acteal, municipio de Chenalhó, ocurrida el 22 de diciembre de 1997, informó el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas (CDHFBLC).

El organismo explicó que en la sentencia -emitida el pasado 27 de julio-, contenida en la causa penal 46/98 en contra de los 32 indígenas como autores materiales de la matanza, el juez no contempla la responsabilidad del Estado mexicano en los hechos ni la reparación de los daños.

Agregó que en el caso del indígena Hilario Luna Pérez, el juez ordenó su liberación por motivos de "humanidad", ya que además de su avanzada edad, tiene "graves padecimientos de salud", por lo que Martínez Luis le ordenó cumplir la pena con la prohibición de "residir en el lugar en el que cometió el delito".

El CDHFBLC, que preside el obispo emérito de San Cristóbal, Samuel Ruiz García, recordó que el pasado 4 de abril, el mismo juez "emitió la resolución dentro de la causa penal 223/97, condenando a los 18 indígenas procesados, al considerar acreditada su responsabilidad penal en los hechos".

Explicó que en ambas sentencias -apeladas tanto por los acusados como por la agente del Ministerio Público encargada del caso-, el juez impuso una pena de 25 años de prisión a los involucrados por los delitos de homicidio calificado, lesiones calificadas y portación de arma de fuego sin licencia y de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

"Dicha pena (que de acuerdo con la ley es la mínima) se debe a la consideración del juez sobre el mínimo grado de culpabilidad de los acusados, por el atraso en su desarrollo social, su pobreza, su escasa instrucción escolar, su ignorancia y el 'grado de fanatismo' que ostentan tanto en lo político como en lo religioso y social", manifestó.

El CDHFBLC destacó que Martínez Luis "refiere -contrario a lo que públicamente había argumentando la defensa de los acusados- que de acuerdo con los peritajes que obran en el expediente, los cuerpos de las víctimas fueron vejados aun después de fallecidos, pues no sólo los ejecutaron, sino que fueron lapidados (con machacamientos de cráneo), rematados con golpes de gracia, cortados y desnudados".

Finalmente, consideró que "las sentencias condenatorias a los responsables son un paso más en los largos procesos judiciales, pero éstas no han interpretado el derecho a la verdad ni mucho menos a la justicia, ya que no mencionan la responsabilidad del Estado, por faltar a su deber de defender el derecho a la vida" de las 45 víctimas de Acteal, ni lo obliga a tomar medidas para que no se repitan estos hechos, como establece la normatividad internacional.

 
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