Analiza la SCJN tema de la libertad religiosa
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción para conocer un amparo en el que el tema central radica en determinar si la repartición de volantes religiosos en las calles debe ser autorizada por la autoridad. La importancia del caso radica en que los ministros analizarán si la libertad religiosa consiste únicamente en adoptar una religión, o si también comprende la libertad de manifestar dicha religión a través del reparto al público de información sobre la misma; además de valorar si las autoridades pueden cobrar por un permiso administrativo para que los ciudadanos expresen sus convicciones religiosas e ideológicas en bienes de uso común, y si ello no constituye un tipo de censura. Al resolver el recurso presentado por Stephen Orla Searfoos, los ministros de la primera sala conocieron el amparo interpuesto por el quejoso en contra del artículo 123 del bando de gobierno del municipio de Toluca, estado de México, expedido el 30 de enero de 2006, que prevé la imposición de una multa de uno a 50 días de salario mínimo a quien "sin permiso, pegue, cuelgue o pinte propaganda de carácter comercial o de cualquier otro tipo en edificios públicos, postes de alumbrado público, de teléfonos, pisos, banquetas, camellones, puentes peatonales, pasos a desnivel , parques, jardínes, y demás bienes federales, estatales o municipales".