Habrá llamados de atención a Fox, IFE, CCE y jerarcas católicos, pero la decisión no variará
Hoy, el TEPJF validará los comicios y declarará presidente electo a Calderón
La elección del 2 de julio se realizó conforme a lo establecido en la Constitución, concluye
Casi en el límite del plazo legal, en medio de un ambiente crispado derivado de un polémico proceso electoral, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sesionará está mañana para dar a conocer el cómputo definitivo de la elección presidencial, validarla y declarar presidente electo. Todo indica que los magistrados avalarán los comicios y nombrarán al candidato del Partido Acción Nacional (PAN), Felipe Calderón Hinojosa, presidente electo para el periodo 2006-2012.
Sin embargo, trascendió que en el proyecto de resolución que discutirán y aprobarán los siete magistrados destacará un fuerte llamado de atención al Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), cuestionando en buena medida el desempeño que tuvo durante el proceso electoral. De igual forma, también sobresale en el proyecto un señalamiento al jefe del Ejecutivo, el cual se orientará fundamentalmente a enfatizar la necesidad de que la Presidencia de la República actúe con mayor imparcialidad durante estos procesos.
No escaparán tampoco a las puntualizaciones que emitirán los magistrados los excesos cometidos por buena parte del sector patronal, especialmente el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), que hacia el final de la campaña comenzó a contratar -de manera ilegal, según las acusaciones de la coalición Por el Bien de Todos- publicidad con claros contenidos electorales en contra del abanderado de dicha alianza, Andrés Manuel López Obrador.
De igual manera, habrá algún planteamiento referido a la actuación de varios jerarcas católicos que se involucraron en cierta medida en las campañas. Sin embargo, a pesar del reconocimiento de todos estos hechos, los magistrados considerarán que la elección fue válida y conforme a lo que plasma la Constitución, que establece que deben ser ''libres, auténticas y periódicas''.
Esto es, a pesar de reconocer que gran parte de los señalamientos que la coalición lopezobradorista denunció como factores de desigualdad en la contienda, el criterio que seguirá el TEPJF es que las elecciones son válidas.
Empero, el criterio que se considera en el proyecto de resolución es que estos sucesos no son lo suficientemente contudentes como para activar un esquema para anular los comicios, atendiendo a los criterios jurídicos agrupados en la denominada nulidad por causal abstracta. Para los magistrados, los comicios federales sí cumplieron con los principios constitucionales de equidad, legalidad y certeza, esa certeza tan cuestionada por la coalición Por el bien de Todos.
No entregarán constancia
Previamente a esta declaración, los integrantes del tribunal darán a conocer el cómputo definitivo de la elección, cuya variación será muy poca en función de los resultados que dieron a conocer sobre la nulidad de casillas decretada el 31 de agosto pasado, y que redujo la diferencia entre Calderón y López Obrador en apenas 4 mil 183 sufragios. A la espera del saldo definitivo del recuento de 11 mil 839 casillas, extraoficialmente el resultado es: 14 millones 919 mil 204 votos para el panista contra 14 millones 679 mil 453 del perredista. La ventaja se movió apenas de 243 mil 934 a 239 mil 751 votos.
La convocatoria emitida este lunes puntualiza los asuntos a tratar: resolución del cómputo final de la elección presidencial; declaración de validez de la elección y la de presidente electo. De la convocatoria se desprende que los magistrados del tribunal se ceñirán estrictamente a lo estipulado en la Constitución y la legislación vigente, por lo que difícilmente realizarán la entrega de ''constancia de mayoría'', y por tanto, es poco probable la asistencia de Calderón Hinojosa a la sesión.
Ni la Constitución ni el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) aluden a una entrega de constancia a quien hubiere resultado presidente electo. En el artículo 99 párrafo cuarto fracción IX de la Constitución se establece:
''La sala superior realizará el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas, en su caso, las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la de presidente electo, respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos''.
La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación añade el plazo: antes del 6 de septiembre. En esa misma legislación, pero en su artículo 189, se cita: las decisiones que adopte la sala superior serán comunicadas de inmediato a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para los efectos constitucionales correspondientes... De igual forma, sólo estipula que los magistrados deberán informar mediante los estrados.
La ruta legal para dejar firme la decisión del tribunal electoral se complementa en el artículo 74 constitucional, que a la letra señala que, una vez comunicado por el órgano judicial y sin mayor trámite, procederá a ''expedir el bando solemne para dar a conocer en toda la República la declaración de presidente electo que hubiere hecho el tribunal''.
Hace seis años, cuando la visión del proceso electoral era que éste había sido la corroboración de la transición democrática del país, que había puesto fin a 70 años de gobierno priísta, los magistrados entregaron a Vicente Fox una especie de pergamino que, bajo la rúbrica de los siete magistrados, señalaba exclusivamente: ''En sesión pública celebrada el 2 de agosto del año 2000, con fundamento en los artículos 99, párrafo cuarto, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 186, fracción II, 189, fracción I, inciso a de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y 174, párrafo 6 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, verificó la validez de la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; que el ciudadano Vicente Fox Quesda, candidato postulado por la coalición Alianza por el Cambio, obtuvo 15 millones 988 mil 545 votos, con los cuales logró la mayoría en la elección y que satisfizo los requisitos de elegibilidad. En consecuencia, resolvió declararlo presidente electo de los Estados Unidos Mexicanos para el periodo del primero de diciembre de 2000 al 30 de noviembre de 2006''.
Desde hace días, los miembros del tribunal han entrado a la discusión sobre el proyecto de resolución que elaboraron los magistrados Alfonsina Berta Navarro Hidalgo y Mauro Miguel Reyes Zapata respecto al cómputo final de la elección, la declaratoria de validez de la misma y la de presidente electo, según lo estipulado en el acuerdo aprobado el 30 de junio pasado, cuando definieron la ruta que culminará esta mañana.
Hacia la tarde de este lunes, cuando se conoció masivamente que los magistrados sesionarían este martes, integrantes de la coalición Por el Bien de Todos comenzaron a concentrarse en mayor número a las puertas de la sede del tribunal electoral, estimándose que para esta mañana habrá una importante presencia de contingentes de los partidos que la conforman, exigiendo que no se declare la validez de la elección.
Las vías de la nulidad
Según la legislación electoral, todos los agravios que invoque la coalición deben ser acreditados, es decir, para que la defensa legal de Andrés Manuel López Obrador aspire a la eventual anulación de los comicios tuvo que fundamentar sus afirmaciones con documentales públicas como testimoniales, fotografías o videos. Además, dichas pruebas deben relacionarse entre sí y convencer plenamente a los magistrados de la veracidad de los hechos.
Por si esto no fuera suficiente, las irregularidades denunciadas deben ser ''determinantes'' para influir en el resultado de la votación, esto es, no debe haber duda de que fueron suficientemente ''graves y generalizadas'' para haber influido en el electorado, de tal forma que si no se hubiera infringido la equidad, el resultado de la elección habría sido distinto.
Al respecto, la coalición lopezobradorista puso especial énfasis en la campaña negativa en los medios de comunicación en contra de López Obrador, y aun cuando hubo signos de desigualdad, los magistrados de la sala superior considerarían que el candidato de PRD-PT y Convergencia también tuvo acceso a los medios de información, además de que es sumamente difícil demostrar que la campaña mediática influyó directamente en el voto de los ciudadanos.
A lo largo de este juicio, los magistrados electorales no han dejado de señalar su compromiso de hacer respetar el voto de la ciudadanía expresado en las urnas, y difícilmente se inclinarían por aprobar un dictamen en el que se anule el sufragio de millones de mexicanos.