Recomienda incorporar a la Cofetel en el diseño del documento final
Detiene Cofemer el Acuerdo de Convergencia; pide que Hacienda defina contraprestaciones
La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) devolvió el anteproyecto del Acuerdo de Convergencia a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), con la recomendación de no publicarlo antes de que la Secretaría de Hacienda emita su opinión respecto de las contraprestaciones que los concesionarios deben pagar al gobierno por la autorización para ofrecer servicios de voz, datos y video (también conocido como triple play) y de que se incorpore a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) en el diseño final del documento.
El organismo descartó que el acuerdo sea el instrumento legal adecuado para modificar el título de concesión de Teléfonos de México (Telmex), donde expresamente se limita a esta telefónica para ofrecer servicios de televisión restringida.
Con esta posición quedó cerrada la participación de la Cofemer en el diseño del Acuerdo de Convergencia, impulsado por la SCT para permitir a todos los concesionarios de servicios de telecomunicaciones ofrecer telefonía, Internet y televisión restringida.
El siguiente paso será la publicación de dicho acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pero antes de eso la SCT está obligada a tomar en cuenta las observaciones que le hagan tanto Hacienda como la Cofetel. El pasado lunes el secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz, intervino en el proceso al recordarle a su contraparte de la SCT, Pedro Cerisola, las limitaciones a Telmex para ofrecer servicios de televisión y radio restringidos, mismas que influyeron para que los actuales propietarios de control ofrecieran un precio menor.
''En virtud de lo expuesto por la SHCP sobre la eventual modificación del título de concesión de Teléfonos de México, la Cofemer recomienda a la SCT entablar contacto con la SHCP para determinar lo conducente, previo a la publicación del anteproyecto (del acuerdo de convergencia) en el DOF'', expuso la entidad regulatoria, a fin de otorgar a todos los interesados la mayor certidumbre en sus decisiones de inversión.
Del mismo modo, la Cofemer manifestó a la SCT la conveniencia de que esa institución establezca el plazo con el que contarían los concesionarios para cubrir el monto de la contraprestación que la SHCP fije, ''en lugar de sujetar dicho plazo a lo que establezca cada notificación en lo individual'' cuando se modifique alguno de los títulos de concesión de los operadores.
''Alternativamente, la Cofemer sugiere a la SCT explorar la posibilidad de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes suscriba el anteproyecto de manera conjunta con el secretario de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que en el propio anteproyecto se incluyan los criterios y lineamientos anteriormente aludidos'', expuso.