Maíz transgénico: jugando con la ley
La mentira no sacará de apuros a los funcionarios del gobierno federal que autoricen ilegalmente la siembra experimental de maíz transgénico. Por sus declaraciones contradictorias y desmentidos, los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) se han revelado no sólo incompetentes, sino como agentes sumisos frente a las presiones de las compañías productoras de semillas genéticamente modificadas.
El 21 de septiembre, el titular de la Sagarpa, Francisco Mayorga, afirmó en entrevista con El Financiero que en reunión con funcionarios de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) se le informó que desde el punto de vista "técnico" ese organismo no tenía objeción para la siembra experimental de maíz transgénico en México. A decir de Mayorga, en dicha reunión participó el titular de la Conabio.
En esa junta, según el jefe de la Sagarpa, se llegó a la conclusión de que para autorizar la siembra experimental de maíz transgénico se necesitaba resolver un problema de índole "jurídica". Según él, ese problema tiene tres componentes: el reglamento de la Ley de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), el régimen de protección especial para el maíz, y el de la definición de los centros de origen. Y de inmediato se enredó en contradicciones: enfatizó que había muchas leyes en México sin reglamento y que eso no era un obstáculo para su aplicación. Pero, en el caso del régimen de protección especial, afirmó que "eso se ve como algo más fuerte, más complejo". Después de hablar demasiado, concluyó la entrevista diciendo que si no se solucionaban los problemas jurídicos no se autorizaría la siembra experimental porque no se quería "forzar la ley".
Para culminar el enredo ahora la Sagarpa ha desmentido las declaraciones de Mayorga a El Financiero, sosteniendo que el funcionario nunca dijo que no se autorizarían esas solicitudes. ¿De dónde sacaron a este señor Mayorga?
Dicen que para mentir hay que tener buena memoria. Y parece que el titular de la Sagarpa sufre un ataque de amnesia. El 7 de agosto pasado el titular de la Conabio, José Sarukhán, le dirigió un oficio en el que claramente señala que en opinión de ese organismo no se puede autorizar la siembra experimental de maíz genéticamente modificado. En este documento, la Conabio responde explícitamente a las opiniones legales emitidas por Sagarpa y Semarnat en el sentido de que no se necesita el reglamento, ni el régimen de protección especial para el maíz, para autorizar la siembra experimental. La carta de la Conabio afirma también que debe condicionarse la autorización de esas siembras experimentales a la determinación de los centros de origen y a la puesta en pie del régimen de protección especial para el maíz. Señala que dada la importancia del maíz se debe aplicar el principio precautorio para el caso de este cultivo. Concluye señalando que en ningún caso se debe autorizar la siembra comercial de maíz transgénico en territorio nacional por los riesgos tan graves en los que se colocaría a las variedades de maíz en México.
En síntesis, el oficio de Conabio establece claramente dos cosas: primero, todavía no se ha erigido el régimen de protección para el maíz; segundo, mientras no se cuente con ese régimen cualquier autorización de siembras experimentales es ilegal.
¿De dónde sacó Francisco Mayorga que la Conabio le había informado que "desde el punto de vista técnico" no había objeción para autorizar las siembras? Si el titular de la Sagarpa relee con cuidado el oficio de Conabio quizás pueda darse cuenta de que "lo técnico y lo jurídico" forman parte de un mismo sistema regulatorio.
En su incompetencia los funcionarios de la Semarnat no se quedan atrás. Tanto el titular Luege Tamargo, como el subsecretario de Normatividad, José Ramón Ardavín, han hecho sendas declaraciones afirmando que el reglamento de la LBOGM no es necesario. Eso es absurdo: en leyes de orden público la existencia de un reglamento es vital porque de lo contrario se abre la puerta a la arbitrariedad. Sobre ese punto no hay confusión y se puede ver la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. ¿De dónde sacaron su asesoría jurídica estos personajes?
Que no les quede la menor duda a éstos y a otros funcionarios que autoricen de manera ilegal la siembra experimental de maíz transgénico: estarán incurriendo en responsabilidades penales. El artículo 420 Ter. del Código Penal no se anda con medias tintas: "Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a 3 mil días multa, a quien en contravención a lo establecido en la normatividad aplicable, introduzca al país, o extraiga del mismo, comercie, transporte, almacene o libere al ambiente, algún organismo genéticamente modificado que altere o pueda alterar negativamente los componentes, la estructura o el funcionamiento de los ecosistemas naturales".
Bastante claro, ¿verdad?