Usted está aquí: jueves 9 de noviembre de 2006 Estados Trabajadores de la UdeG se libran de reformas a régimen pensionario

Tribunal en la materia concedió el amparo

Trabajadores de la UdeG se libran de reformas a régimen pensionario

JUAN CARLOS G. PARTIDA

Guadalajara, Jal., 8 de noviembre. Un tribunal en materia de trabajo concedió un amparo a 110 trabajadores de la Universidad de Guadalajara (UdeG) para que no les sean aplicadas las reformas al régimen de jubilaciones y pensiones aprobadas en la casa de estudios en diciembre de 2003. El dictamen sólo beneficia a los empleados que buscaron la protección de la justicia, no así a los casi 20 mil que desde entonces trabajan bajo el sistema mencionado, debido a que su derecho a inconformarse ya "prescribió".

Otro grupo, de entre 30 y 40 trabajadores, ingresó el mismo recurso y el próximo 22 de noviembre el tribunal deberá resolver la demanda que, por tratarse del mismo tema, se prevé saldrá en términos similares.

La reforma referida ha sido elogiada y hasta premiada económicamente por la Secretaría de Educación Pública como la ideal para que todas las universidades públicas de México la apliquen en sus relaciones laborales.

La decisión, asentada en el expediente 154/2006, fue tomada por unanimidad el 11 de octubre por el segundo tribunal colegiado en materia del trabajo del tercer circuito, con sede en Guadalajara, y ya fue notificada a la UdeG y a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA). Esta tiene hasta el 17 de noviembre para pronunciar una nueva sentencia con base en los criterios adoptados por el tribunal.

Luego de dos años de solicitado, el amparo fue concedido tras la impugnación que hicieron los trabajadores quejosos contra la sentencia original de la décima junta especial de la JLCA, al considerar que los descuentos a su salario, que rigen a partir de la reforma pensionaria de la UdeG, son contrarios a lo que permite la Ley Federal del Trabajo, pues el artículo 110 no establece causa alguna para que existan descuentos que constituyan un fondo de pensiones.

"De esta sentencia resultará que se suspendan los descuentos a los salarios y, desde luego, al decretarse ilegales se les tendrá que restituir a los trabajadores que demandaron las cantidades de dinero que se les descontaron por este rubro. Además que se contempla que al declarar nulo este descuento al salario ­que implica una renuncia a los derechos laborales y que esa cláusula ya forma parte del convenio­ resultaría que se declarara ilegal, y por tal situación a los demandantes se les respetarían las condiciones anteriores para que obtengan sus jubilaciones de acuerdo con el contrato que signaron", explicó Francisco Ruiz, abogado que ha llevado las demandas de inconformidad desde que se realizó la reforma universitaria.

Anteriormente, la UdeG jubilaba a sus trabajadores luego de 30 años de servicio, o al cumplir 65 años, o bien tras ser declarado incapacitado para laborar, en un régimen muy parecido al que se maneja en la mayoría de las universidades públicas del país. Tras la reforma de 2003, ahora se debe tener igual número de años de servicio, pero también se debe tener al menos la edad requerida ­hoy dinámica, pero que en un tiempo será obligatoria de 65 años­, además de que los trabajadores deben aportar una cantidad creciente de su salario que en unos años será de 10 por ciento para integrarlos a un fondo de pensiones que les será entregado al momento de su jubilación.

Fue este último acto, considerado ilegal por el segundo tribunal colegiado, el que logró que la inconformidad del pequeño grupo de trabajadores prosperara con un laudo favorable que deberá ser ratificado por la JLCA, instancia a la que se acudió en primera instancia y que se declaró incompetente para resolver, por tratarse la UdeG de una entidad pública, resolución que fue criticada por el propio tribunal colegiado como lo establece en el resolutivo, y ordena que se dicte un nuevo laudo en un término de 15 días contados a partir de la notificación, entregada el 28 de octubre.

­¿Esta decisión podría crear un precedente para casos similares, luego que el modelo pensionario de la UdeG es puesto como ejemplo en todo el país? ­se le preguntó al abogado Francisco Ruiz.

­Esta acción de demandar un descuento que no considera la Ley Federal del Trabajo desde luego que crea un precedente, porque el ordenamiento que establece este derecho, o más bien esta prohibición a que se descuente del salario algo no permitido por la ley, claro que se puede ejercer. De hecho cualquier trabajador lo puede hacer, sea de universidades pública o particular.

 
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